El Tribunal Supremo desestimó este martes el recurso de casación planteado por el Ejecutivo de Vitoria y le exige que la bandera nacional ondee de forma permanente en los edificios autonómicos. El Gobierno vasco había recurrido una sentencia del TSJPV en que se le instaba a cumplir con la Ley de Banderas. En la comunidad vasca, el nacionalismo ha hecho desaparecer por completo la presencia de la bandera nacional de las sedes institucionales autonómicas, forales y municipales. Un ejemplo de ello es la sede de la Lehendakaritza.
En la sentencia del Supremo, dada a conocer este martes, se recuerda que la Administración general del Estado promovió un recurso contencioso administrativo en 2002 ante el TSJPV, en el que era parte demandada el Gobierno vasco, sobre el cumplimiento de la obligación de colocar la bandera de España. El TSJPV falló, en octubre de 2003, que estimaba el recurso de la Administración del Estado contra la desestimación presunta del requerimiento formulado a la Academia de Policía del País Vasco para cumplir con la obligación de colocar la bandera.Recordaba la obligación de hacer ondear, "con carácter permanente", la bandera española, bien en solitario o conjuntamente con la autonómica, "ocupando lugar preferente en el interior y exterior" de edificios, como el de la Academia Superior de Policía. El Gobierno vasco decidió impugnar en recurso de casación al Supremo la sentencia del TSJPV y alegó que la presencia de la bandera española no se había pedido "en más de veinte años".
Para el Tribunal Supremo, esta alegación "resulta irrelevante", porque el cumplimiento de la ley no depende de que no se haya reclamado con anterioridad y recuerda que la Constitución prevé que las banderas autonómicas "no podrán" ser utilizadas sin que a su lado ondee la española.En cuanto a lo que señalaba el Gobierno vasco de ser extemporánea la iniciativa, al haber pasado 20 años, lo que pudiera provocar "cierta inseguridad jurídica", el Tribunal entiende que esa realidad "en modo alguno puede considerarse como consolidada". Precisa que de aceptar los planteamientos del Gobierno vasco, se rompería el principio de legalidad y reitera que la no aplicación de la norma sobre las banderas "no la lleva a su desuso".
Las autoridades vascas deben ,por tanto, cumplir la resolución judicial y así cumplir la Ley de Banderas y sobre todo la Constitución que en su articulo 4.2 establece:
" Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales."
Si no lo hace, el Estado no puede quedarse en actitud contemplativa. Debe hacer cumplir la resolución mandando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los respectivas instituciones donde no ondea la bandera española y ponerla en el lugar que legalmente debe ocupar. Asimismo debe abrir un procedimiento penal por delito de desobediencia del art 410.1 del Código Penal (Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.) contra las autoridades que se nieguen a dar cumplimiento a la resolución judicial. Esto seria el procedimiento normal si estuviéramos en un Estado de Derecho. Pero España ha dejado de ser hace tiempo un Estado de Derecho para los nacionalistas y para los progres.
En la sentencia del Supremo, dada a conocer este martes, se recuerda que la Administración general del Estado promovió un recurso contencioso administrativo en 2002 ante el TSJPV, en el que era parte demandada el Gobierno vasco, sobre el cumplimiento de la obligación de colocar la bandera de España. El TSJPV falló, en octubre de 2003, que estimaba el recurso de la Administración del Estado contra la desestimación presunta del requerimiento formulado a la Academia de Policía del País Vasco para cumplir con la obligación de colocar la bandera.Recordaba la obligación de hacer ondear, "con carácter permanente", la bandera española, bien en solitario o conjuntamente con la autonómica, "ocupando lugar preferente en el interior y exterior" de edificios, como el de la Academia Superior de Policía. El Gobierno vasco decidió impugnar en recurso de casación al Supremo la sentencia del TSJPV y alegó que la presencia de la bandera española no se había pedido "en más de veinte años".
Para el Tribunal Supremo, esta alegación "resulta irrelevante", porque el cumplimiento de la ley no depende de que no se haya reclamado con anterioridad y recuerda que la Constitución prevé que las banderas autonómicas "no podrán" ser utilizadas sin que a su lado ondee la española.En cuanto a lo que señalaba el Gobierno vasco de ser extemporánea la iniciativa, al haber pasado 20 años, lo que pudiera provocar "cierta inseguridad jurídica", el Tribunal entiende que esa realidad "en modo alguno puede considerarse como consolidada". Precisa que de aceptar los planteamientos del Gobierno vasco, se rompería el principio de legalidad y reitera que la no aplicación de la norma sobre las banderas "no la lleva a su desuso".
Las autoridades vascas deben ,por tanto, cumplir la resolución judicial y así cumplir la Ley de Banderas y sobre todo la Constitución que en su articulo 4.2 establece:
" Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales."
Si no lo hace, el Estado no puede quedarse en actitud contemplativa. Debe hacer cumplir la resolución mandando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los respectivas instituciones donde no ondea la bandera española y ponerla en el lugar que legalmente debe ocupar. Asimismo debe abrir un procedimiento penal por delito de desobediencia del art 410.1 del Código Penal (Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.) contra las autoridades que se nieguen a dar cumplimiento a la resolución judicial. Esto seria el procedimiento normal si estuviéramos en un Estado de Derecho. Pero España ha dejado de ser hace tiempo un Estado de Derecho para los nacionalistas y para los progres.
10 comentarios:
Decentes,como sabes, la fundación DENAES ha enviado un requerimiento al Sr. Bermejo para que éste dé las instrucciones oportunas a fin de cumplir la sentencia. Por mi parte, no creo que vaya a hacer nada. España hace mucho tiempo que ha dejado de ser un Estado de Derecho. ¡Es una vergüenza! ¿Qué se puede hacer?
Un cordial saludo
Amigo Decentes:
Yo creo que el cumplimiento estricto de esa sentencia provocará un ridículo quita y pon (las FCS pondrán la bandera de día y los nacionalistas la quitarán por la noche). No es que me parezca mal que se haga cumplir la sentencia, pero creo que debe considerarse la cuestión como más a largo plazo. Si Rajoy gana las generales de marzo (o de octubre, que también lo dicen) y se vuelve a aplicar la misma política antiterrorista de Aznar, el PNV no tendrá fuerzas para montar otro sainete como éste. Con el gobierno del PSOE esto queda completamente descartado, como ya sabrás xDDD
Saludos,
Aguadorfd
Ya se sabe que el nacionalismo está plagado de simbolismo. Y uno de estos es la exclusión de la bandera española de los edificios públicos. Esperemos que después de más de 25 años se erradique la tomadura de pelo a la ley y a todos los españoles.
Solo es cumplir la ley, si esto no se hace desde hace tiempo, pues que no hablen de estado de derecho, puesto que España no lo es.
Saludos...
Estoy con Gazulin: ni estado de derecho ni nada. Aquí sólo se cumplen algunas leyes; otras, ni por asomo.
comparto tu pesimismo,Calandria.No se actuara porque podria restar votos.El Estado de Derecho al servicio de la poltrona.Un cordial saludo
De acuerdo con gazulin,Persio y Butzer.Aguador el Estado de Derecho solo puede excepcionarse en los casos de los estados de alarma,excepcion y de sitio.
Plantear una sociedad en la que riga el poder o la fuerza en vez de la ley es volver a la Edad Media.Saludos a todos
Pero bueno, decentes, aunque no seamos un Estado de Derecho, lo importante es que seguimos siendo una “democracia” ¿verdad? Porque como no es necesario el Estado de Derecho para que haya democracia...
Si de las batallas dialecticas que hemos tenido has inferido eso,me has entendido mal.Democracia y Estado de Derecho son conceptos distintos lo que no significa que la salud de una democracia no dependa del Estado de Derecho que riga o no en la misma.Depende y mucho.
me olvidaba que el principal problema del país es cuál es la bandera que ondea en los ayuntamientos....
menuda tontería
saludos
La democracia depende tanto del estado de derecho, que en todo país democrático, hay estado de derecho y no hay estado de derecho donde no hay democracia.
Sergi, quizá a ti te importe muy poco si ondea o no la enseña patria en tu ayuntamiento, pero a la mayoría de los españoles les preocupa que España deje de ser España. Y yo personalmente sabré que cuando la rojigualda deje de ondear en los edificios públicos de mi ciudad, habrá llegado el momento de exiliarme.
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