lunes, 30 de abril de 2007

NO SE PUEDE NEGAR EL DERECHO AL VOTO A LA MASA SOCIAL DE BATASUNA-ETA


Algunos progres mal nacidos, para justificar la presencia de ETA en las elecciones, dicen que no se puede obviar la existencia de la masa social de Batasuna y que sus votantes deben poder votar en las elecciones.

Si se ilegalizara HB o su marca no se estaría sustrayendo el derecho al voto a sus simpatizantes ya que estos podrían votar por el partido político de ARALAR, que tiene el mismo programa político que HB diferenciandose de este solo en que ARALAR si condena la utilizacion del terrorismo como acción política. La verdadera razón de no impedir la concurrencia de ETA a las elecciones es la de impedir un nuevo atentado de ETA, esto es, una cesión ante el terror.

Estamos ante un MISERABLE Gobierno que pretende comprar el derecho a la vida de todos los españoles entregando a ETA sus supuestos proyectos políticos y la sangre y la libertad de todos los muertos y vivos que han luchado con firmeza contra la banda terrorista.

Cualquier ciudadano que haya seguido la historia de ETA sabe que la historia de esta es actualmente la historia de una banda de mercenarios a sueldo, o lo que es lo mismo, la de un conjunto de deficientes cuya forma de trabajo es poner bombas utilizando la política como coartada. Utilizan el terror como forma de vida no como forma de llegar a un proyecto político y por tanto es en la cárcel y no en una mesa de negociación-rendición donde se acaba con ellos.

domingo, 29 de abril de 2007

EL PP ODIA A LOS CATALANES


El tema en cuestión, tiene su inicio en la 1ª legislatura del gobierno nacionalista formado por PSC, ERC y IPC.En esta legislatura tuvo lugar la aprobación del Estatuto Catalán; respecto al mismo el PP mantuvo una postura no solo legítima, por estar en democracia, sino también constitucional y moral.

Un mínimo vistazo a los textos de la Constitución y el Estatuto hace ver a cualquier persona no sectaria y no franquista, la inconstitucionalidad del Estatuto.

Pongamos dos ejemplos claros:

Art 6.2 de. Estatuto: El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano,
que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen
derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de
Cataluña el derecho y el deber de conocerlas.

La Constitución solo establece el deber de conocer el castellano, no el catalán. El articulo 3 de la Constitución establece:

El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho de usarla.


Art 102.2 del Estatuto Catalán: Los Magistrados, Jueces y Fiscales que ocupen una plaza en Cataluña deben acreditar un conocimiento suficiente del derecho propio de
Cataluña en la forma y con el alcance que determine la ley.

El precepto es inconstitucional, pues un estatuto de autonomía no puede establecer deberes estatutarios a los jueces: la norma que los regula -su estatuto profesional- es la Ley Orgánica del Poder Judicial, a tenor de la Constitución Española.

Desde que se empezó a fraguar el Estatuto, los políticos catalanes lanzaron a los ciudadanos catalanes un mensaje:un ataque al Estatuto es un ataque a Cataluña y por tanto también a ellos. En este marco el PP no apoyo, por considerarlo inconstitucional, el Estatuto Catalán y se le tildo de anticatalanista, así

-defender la Constitución era odiar a los catalanes

-defender el Estado de Derecho era odiar a los catalanes.

La Constitución española establece en su Titulo X un procedimiento de reforma de la misma que es el que el Gobierno de la Generalidad y CIU deberían de haber seguido si hubiesen optado por el camino del Estado de Derecho y no por el seguido:un camino antidemocratico o dictatorial. La Constitución Española consagra un único Estado que decide sobre su futuro a través las Cortes Generales, por tanto toda idea política que desee imperar en el Estado Español debe pasar por la aprobación de las Cortes que es donde reside la soberanía popular.

Si se quiere implantar, por ejemplo, un Estado Confederal formado por varios Estados Confederados se deberá cambiar el modelo autonómico actual a través de la reforma de la Constitución, imponerlo sin ajustarse a las reglas del juego democrático es un acto fascistoide.

RETRATITO


Ha dicho el Presidente de Aragón, Marcelino Iglesias que "es preferible que ETA mate a 3 personas que no a 300 como hacía antes".

Desde este blog, y dada la poca importancia que le merecen al Presidente de Aragón 3 asesinatos, sentiríamos igual que él, si los próximos 3 fuesen el de él y los de algunos de sus más allegados.

martes, 24 de abril de 2007

AGUIRRE CON SU ACTITUD PROVOCADORA, CAUSA DESÓRDENES PÚBLICOS ANTE LA SEDE DEL TSJPV




Parece mentira, que frases como ésta, dicha por progres sin preparción alguna, puedan hacerse propias y llevarse al extremo, por quien se supone, tiene una amplia preparación jurídica.



La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao, Doña Arantzazu Otiñano Sáez, ha imputado a Antonio Aguirre e Iñaki Ezquerra, del Foro de Ermua, y a Daniel Portero, de la Asociación Dignidad y Justicia, una falta de desórdenes públicos por personarse como partes en la causa iniciada por ellos mismos contra el Lehendakari Juan José Ibarretxe, y resultar agredidos a las puertas del tribunal.


Parece ser que, del atestado elaborado por la Ertzaintza resultan indicios suficientes para imputar a Antonio María Aguirre, Iñaki Ezkerra y Daniel Portero una presunta falta de desórdenes públicos prevista y penada en el artículo 633 del Código Penal, al hacerse constar en el mismo que el grupo formado por el Foro Ermua y Dignidad y Justicia (...) mantuvo constantemente una actitud de provocación con insultos, amenazas e, incluso, conatos de agresión ante las personas reunidas, lo cual alteró el normal transcurrir de la concentración oportunamente comunicada.


Ante tal torticera visión de los hechos, por quien se supone debe velar por la correcta Administración de Justicia, desde Hazte oír se nos pide un gesto de valentía y de apoyo al Sr. Aguirre, al Sr. Ezquerra y al Sr. Portero Desde aquí.
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Art. 633 CP "Los que perturbaren levemente el orden en la audiencia de un tribunal o juzgado, en los actos públicos, o en espectáculos deportivos o culturales, solemnidades o reuniones numerosas serán castigados con las penas de localización permanente de dos a doce días y multa de diez a treinta días."

LA SITUACIÓN PROCESAL DE DE JUANA ES LEGAL.


Decir que la situación procesal de De Juana, es legal es una auténtica falacia. Es evidente que el Gobierno ha cometido un Fraude de Ley, por el que logra, através de un subterfugio, otorgar al etarra unos privilegios propios del tercer grado penitenciario al que no tiene derecho, por no cumplir con los requisitos legales y reglamanetarios establecidos.


Para poder gozar de los privilegios penitenciarios del tercer grado penitenciario, habría de poder aplicarse el Art. 104.4 del Reglamento General Penitenciario, que dispone “Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad”.


Es evidente que el Gobierno no podía aplicar este artículo a De Juana por los siguientes motivos:

1. De Juana no es un enfermo con un padecimiento “incurable”. Era una persona sana que simplemente, de forma voluntaria, se negó a comer.

2. No podía clasificarse en tercer grado porque la reforma legal que introdujo el Partido Popular en su segunda legislatura establece claramente que los requisitos para el tercer grado, que es un régimen de semilibertad, son:

a. El inequívoco abandono de la actividad terrorista (Es claro que ni ha abandonado la actividad terrorista, ni tiene ninguna intención de hacerlo, así lo ha manifestado él mismo en su última entrevista en "The Times" y en los últimos juicios a los que ha asistido, en los que expresó, que no se arrepiente de lo que ha hecho, y que sigue perteneciendo a la banda terrorista)

b. La satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito

c. La colaboración activa con las autoridades


De Juana, no tiene por tanto derecho a ser clasificado en el tercer grado penitenciario, pues es palmario, que ni de lejos, cumple con ninguno de los requisitos exigidos por la legislación penitenciaria.


Ante la imposibilidad de aplicar el citado precepto reglamentario, el Gobierno optó por la aplicación del Art. 100.2 del Reglamento Penitenciario (Para que de Juana, pueda disfrutar de beneficios penitenciarios propios del tercer grado estando clasificado en segundo grado), antes de referirnos al tenor literal del mismo, señalar, que el citado precepto ha sido también aplicado a Rafael Vera y a Galindo, podríamos decir, por tanto, que es manejado por el Gobierno, cada vez de hacer un "favor" a algún penado, se trata.


Voviendo al Art. 100.2 del Reglamento, el mismo dispone que “No obstante, con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto a cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento, que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad”.


En ningún caso, el citado Artículo, es de aplicación al caso que nos ocupa, por cuánto este artículo no es el que se aplica a “razones humanitarias” –que es el argumento que nos ha dado el Gobierno para justificar su aplicación-, sino que se establece para situaciones excepcionales que requieran un programa específico de tratamiento.


Desde mi punto de vista, una huelga de hambre, no necesita de un programa específico de tratamiento. Este precepto ha sido aplicado, por ejemplo, a toxicómanos en proceso de rehabilitación cuyo tratamiento específico requiere terapias que aconsejan salidas temporales frecuentas y cortas del establecimiento penitenciario. Pero mi entendimiento, no alcanza a comprender ¿cuál es el tipo de tratamiento específico que puede necesitar alguien en huelga de hambre, y que justifica la aplicación del Art. 100.2?. Tal vez no encuentro respuesta a mi pregunta, porque no la hay, así como tampoco han tenido respuestas las preguntas que se han dirigido al Gobierno, tales cómo:


¿Qué programa de tratamiento propuso el Equipo Técnico a la Junta de Tratamiento que no pudiera ser ejecutado más que excarcelando al penado?

¿Fue la propuesta del Equipo Técnico del Centro Penitenciario de Aranjuez, mayoritaria en primer grado? Y de ser así, ¿qué razones se esgrimieron en la Junta de Tratamiento para separarse del criterio del Equipo Técnico?

¿Qué tienen que ver las razones humanitarias vinculadas a la salud del huelguista con un programa de tratamiento penitenciario?

¿Qué aspectos de los diferentes grados se combinan en el modelo de ejecución del interno?

¿El programa de tratamiento tiene que realizarse en un hospital de la red pública? Y si es así, ¿por qué no se le mantuvo en el Doce de Octubre, en Madrid?

¿Qué razones aconsejaron su traslado a San Sebastián?

¿Contempla su modelo de ejecución la vuelta al confinamiento carcelario propio de la clasificación en segundo grado del terrorista?



A ninguna de estas preguntas ha dado respuesta el Gobierno, y es porque no la tienen.


Lo único que es claro, es que tenemos que tolerar, que De Juana, uno de los terroristas más sanguinarios de la historia de ETA, pueda disfrutar de agradables paseos o de días de compra con su novia (paseos por los cuales El juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro ha pedido explicaciones a Instituciones Penitenciarias) o tolerar como este etarra va a disfrutar, por decisión política del Gobierno, de un tercer grado encubierto, porque en ningún caso reúne los requisitos para poder beneficiarse de estar en su domicilio con medios telemáticos, aspecto éste contemplado para los terceros grado. Y no olvidemos que el juez de Vigilancia Penitenciaria clasifica al etarra en segundo grado.

domingo, 22 de abril de 2007

EL PARTIDO POPULAR ES UN PARTIDO FASCISTA


En este país, uno de los partidos políticos que han demostrado ser fascista y en algún caso terrorista ha sido el PSOE en sus distintos gobiernos.
Debemos empezar justificando su caracter de fascista o antidemocrático.

Siendo la democracia la expresión de la voluntad del pueblo. Ésta ha sido violada por el PSOE innumerables veces, así el Gobierno de Cantabria fue entregado por el PSOE en virtud de pacto a los regionalistas que son la 4 fuerza política, representando un 13,85 %; en Galicia, el PP se quedo a un escaño de la mayoría absoluta lo que fue aprovechado por el PSOE para llegar al poder pactando con los nacionalistas.

Resulta normal, en el ejercicio democrático, que los partidos políticos lleguen a pactos pero no para entregar gobiernos a partidos con una representacion como la referida y no en el marco de una clara victoria electoral de un partido.

Además, el PSOE es un partido terrorista, entendiendo por terrorista, siembra del terror:

- Creo en el ultimo Gobierno de Felipe Gonzalez una banda terrorista a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que mato a personas inocentes

-En la actual legislatura de Zapatero, se produjeron por su Gobierno las primeras detenciones políticas de la historia de nuestra democracia, recordar las detenciones de los dos militantes del Partido Popular por la no agresión a Bono.La Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid les ha condenado a penas que suman trece años y medio de prisión por los delitos de detención ilegal, falsedad de documento público y coacciones.

En este punto, cabe reseñar que el PSOE utilizo el terror( el 11M) para ganar las elecciones, y lo mas grave, escondió la supuesta autoría material del 11M, sabiéndolo ,como mínimo, 4 horas después del atentado, esta información se infiere de las declaraciones de Pepe Blanco a Pedro Piqueras en A3 a mediodía del 11M:

"Exigo al Gobierno el esclarecimiento del atentado porque, este, puede cambiar el sentido del voto de muchos ciudadanos"

Cualquiera que haya seguido el terrorismo de ETA, sabe que el efecto de un atentado de esta, siempre que hemos tenido un Gobierno que luchara sin intervalos contra ETA, ha sido de solidaridad con este, esto es, el Gobierno como mínimo no pierde votos; y a nadie se le escapa que un atentado islamista iba a vincularse a la Guerra de Irak y por tanto el Gobierno perdería votos con lo que el Señor Pepe Blanco sabia la autoría material del 11M.

En este blog no nos adherimos a las ideas de Felipe Gonzalez de ser el 11M un encargo de ETA ni la que dice que habia medios policiales vinculados al PSOE que dejaron que se cometiera el atentado hasta pruebas concluyentes.

Los antecedentes: existencia el 11M de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Servicios de Inteligencia que intervinieron en los GAL, preparación por parte de medios policiales de sus comparecencias ante la Comisión del Congreso en la sede de PSOE en Gobelas, las múltiples pruebas islamistas fabricadas, nos hace únicamente estar MUY MOSCAS.

jueves, 19 de abril de 2007

MARÍA SAN GIL ABANDONA TEMPORALMENTE LA POLÍTICA.

La presidenta del PP vasco ha anunciado que abandona la política por razones de salud. En una rueda de prensa, María San Gil ha anunciado que su decisión, que adopta de forma temporal, se debe a que padece un cáncer de mama que le ha obligado a ser intervenida quirúrgicamente. La líder de los populares vascos ha preferido contar "con absoluta normalidad" una situación que padecen "miles de mujeres" y para el que cuenta con un pronóstico de "curación segura". San Gil ha adoptado esta medida a poco más de un mes de las municipales, lo que obligará a los populares vascos a prescindir de su presencia en los actos de campaña. http://www.libertaddigital.com/noticias/noticia_1276303660.html
Desde este Blog, queremos mandarle todo nuestro apoyo a María San Gil y nuestros deseos de una pronta recuperación. "Valiente, Fuerte y Luchadora", son adjetivos que se repiten para definir a la líder del PP en el País Vasco, estamos seguros, que esa valentía, fuerza y espíritu de lucha de María San Gil, serán pilares fundamentales, en su lucha y victoria sobre esta enfermedad que como a ella, afecta a millones de mujeres. Estamos contigo María.

jueves, 12 de abril de 2007

CÁNDIDO CONDE PUMPIDO, FIEL CUMPLIDOR DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD E IMPARCIALIDAD

ARTÍCULO 124 CE:

"1.- El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la Justicia, en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.

2.- El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios como a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujección en todo caso a los de legalidad e imparcialidad.

3.- La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.

4.- El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial."

Según el tenor literal del citado precepto constitucional, son principios fundamentales, que rigen o debieran regir la actuación del Ministerio Fiscal, el de imparcialidad y el de legalidad. Principios básicos, para la obtención de una Justicia efectiva, que lejos estamos ahora de alcanzar.

Que la imparcialidad, no es uno de las virtudes de nuestro Fiscal General del Estado, es por todos sabido. Numerosas de sus actitudes lo ponen de manifiesto, por destacar un ejemplo, citar su política de nombramientos de cargos de la carrera fiscal. A Cándido, parece importarle más sus afinidades amistosas e ideológicas con los miembros del Ministerio Fiscal, que las virtudes o conocimiento del derecho de éstos, no importan tanto los méritos o la trayectoria profesional de los fiscales, sino que importa más la afinidad política. Queda esto claro en los sucesivos nombramientos de los Fiscales Jefes de Sala o para otros cargos de importancia en la carrera fiscal. Para dichos nombramientos nuestro cándido Fiscal General del Estado, o bien ha presionado a los miembros del Consejo Fiscal, indicándoles el sentido que debían tener sus votos, o bien, simplemente ha hecho caso omiso del sentido de dichos votos (cuándo éstos no eran de su gusto), nombrando así a Fiscales, quizás menos preparados para el cargo concreto, pero más afines a su postura que los más preparados. Nombrando a los miembros de la progresía, se garantiza obediencia ciega. Piénsese también en la destitución de Fungairiño, destitución que poco tuvo que ver con la imparcialidad y mucho con la falta de aprecio que ambos se tienen, Fungairiño, tal vez hubiera sido demasiado duro con los etarras y hubiera sido un obstáculo para el "Diálogo", había pues que quitarle de enmedio.

Si la imparcialidad es un valor pisoteado por Cándido, no es menos palmario su desprecio por la legalidad. Dicen las malas lenguas, que al jurar o prometer fidelidad a la Constitución, en el momento de su nombramiento, el muy pillín cruzó los dedos, al llegar a la parte en que tenía que jurar desempeñar su cargo con arreglo al principio de legalidad. Claro ejemplo de su falta de apego al principio de legalidad se plasma en el "Caso Otegui", cuya absolución fue responsabilidad suya, por cuánto la Carrera Fiscal funciona con arreglo a un criterio jerárquico (véase el Art. 124 CE).

En los hechos probados de la sentencia de la Audiencia Nacional, los magistrados relatan como Otegui participó activamente en el homenaje a la Etarra Olaia Castresana, a la que ensalzó por su lucha y presentó como ejemplo a seguir para los jóvenes. Por estos mismos hechos, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ya había condenado a Otegui en 2004, siendo el juicio anulado por defecto de forma. La Fiscalía volvió a acusarle, pero ahora en 2007, ha cambiado de criterio, y a pesar de que cómo indica nuestra LECr, para variar las calificaciones provisionales, es necesario la aparición de nuevos hechos, nuevas pruebas o nuevos datos (nada de lo cuál ha ocurrido en este caso), la fiscalía saltándose a la torera esta norma procesal, pidió su absolución.

El fallo de la Audiencia Nacional, subraya que Otegui habría sido condenado de no haber procedido la Fiscalía a retirar su acusación "Lo que impide al Tribunal dictar otro tipo de resolución que no sea la absolución", por el sistema acusatorio que rige en nuestro derecho procesal penal.

La actuación del Fiscal General del Estado, en este asunto colma el cúmulo de despropósitos y arbitrariedades en las que ha incurrido, desde su nombramiento, y que vienen acrecentándose desde marzo del año pasado, cuándo ETA declaró su tregua, por citar algunas, recordemos: su claro posicionamiento a favor de la legalidad del Partido Comunista de las Tierras Vascas, a sabiendas de que no era sino continuación de la ilegalizada Batasuna, e incumpliendo así el tenor de la Ley de Partidos; favorecimiento de la detención ilegal de afiliados del PP en el caso de la famosa supuesta agresión al Ex-ministro Bono, por su según Cándido "actitud vociferante"; sus nada desdeñables frases en medios de comunicación públicos tales como "Hay gente (en clara alusión a los miembros del PP) que desea ver muertos" o "Los del PP sacan falangistas a la calle"; o su desprecio a la independencia jucial, al pedir a los jueces que "tengan en cuenta en sus resoluciones el proceso de paz".

domingo, 8 de abril de 2007

AZNAR DEBE PEDIR PERDON POR LA GUERRA


Aznar no participo en la Guerra de Irak y por tanto no puede pedir perdon por algo que no hizo. Si se refiere al apoyo politico utilizando el argumento de las armas de destruccion masiva, si cabria un reconocimiento de dicho error que ya hizo en una conferencia en la Universidad de Villanueva. Los que exigen este perdon erroneo, e incluso, quieren llevar a Aznar al Tribunal Penal Internacional(seran de todo menos juristas o habran conseguido su titulo en CUBA), supongo que tambien lo han hecho, y esta si con razones juridicas, con el ex presidente del Gobierno, Felipe Gonzalez por:

- los asesinatos de los GAL por su Gobierno, recordar:


Orden cronológico de atentados

17 de octubre de 1983: secuestro de los miembros de ETA José Lasa Arostegui y José Ignacio Zabala en Bayona (Francia). Posteriormente son asesinados de un tiro en la cabeza y enterrados en Busot (Alicante). Los cuerpos aparecen en enero de 1985 pero no son identificados hasta 1995 a raíz de unas investigaciones realizadas por el comisario Jesús García que falleció precisamente durante la celebración del juicio realizado en 1996 por los asesinatos de Lasa y Zabala y que significó la condena del ex-general Galindo.

18 de octubre de 1983: intento de secuestro en Bayona por parte de cuatro policías españoles al dirigente etarra José Mari Larretxea Goñi. Los cuatro agentes fueron detenidos por gendarmes franceses.

4 de diciembre de 1983: secuestro de Segundo Marey en Hendaya, debido a confundirlo con Mikel Lujúa (presunto miembro de ETA), por parte de mercenarios franceses contratados por la policía española. Se exigió a Francia la liberación de los policías españoles detenidos en octubre. Los agentes fueron puestos en libertad el 8 de diciembre, y Marey el día 13.

19 de diciembre de 1983: asesinato del presunto militante de ETA Ramón Oñaederra en Bayona.

29 de diciembre de 1983: asesinato por parte de un francotirador del GAL del presunto dirigente etarra Mikel Goikoetxea, cuando estaba abriendo la puerta del coche en Bayona.

8 de febrero de 1984: ametrallamiento y asesinato a dos presuntos miembros de ETA, Vicente Perurena y Angel Gurmindo en Bayona.

25 de febrero de 1984: asesinato por medio de un disparo de un francotirador del presunto miembro de ETA Eugenio Gutierrez Salazar en Mendi.

1 de marzo de 1984: asesinato por un disparo en el corazón al trabajador ferroviario Jean Pierre Leiba en Hendaya.

23 de marzo de 1984: asesinato del presunto dirigente de ETA, Javier Pérez Arenaza en una gasolinera de Biarritz.

Marzo de 1984: Herido de gravedad por disparos el presunto miembro de ETA Ramón Basañez Jauregui en Bayona.

3 de mayo de 1984: asesinato por disparos del presunto miembro de ETA Rafael Goikoetxea. Resulta herido su compañero Jesús Zugarramurdi en Baigorri.

26 de mayo de 1984: secuestro, apaleamiento, malos tratos y posterior liberación a dos miembros de los comités antinucleares Xavier Lorenzo y Endica Lorenzo en Algorta.

15 de junio de 1984: asesinato por medio de una moto bomba a dos presuntos miembros de ETA, en Biarritz. Tomás Pérez Revilla muere en el acto y su compañero Ramón Orbe resulta herido.

10 de julio de 1984: atentado en el Bar Consolation por medio de un artefacto explosivo. Resultan heridas tres personas José Oliva Gallastegui, Bonifacio García y Juan Jaúregui Aurria.

18 de noviembre de 1984: asesinato por disparos desde una moto a un bailarín llamado Christian Olaskoaga en Biriatu. No tenía ninguna relación con ETA ni su entorno.

20 de noviembre de 1984: asesinato por disparos al concejal y dirigente de HASI Santi Brouard en su propia consulta médica localizada en Deusto, Bilbao.

11 de diciembre de 1984: herido por disparos Juan José Iradier en Hendaya.

1 de febrero de 1985: herido por disparos el dirigente de Herri Taldeak, Xabier Manterola.

5 de febrero de 1985: herido por un coche bomba Christian Casteigts en Bayona. Supuestamente, no tenía ninguna relación con ETA ni su entorno.

29 de marzo de 1985: ametrallamiento contra el Bar "Les Pyreneés" en Bayona. Es fatalmente herido Benoit Pecasteing y son heridos Jean Marc Mutio y Pedro José Pikabea, presunto miembro de ETA.

30 de marzo de 1985: asesinato por disparos el fotógrafo del diario Egin Xabier Galdeano en San Juan de Luz

26 de junio de 1985: asesinato por disparos en Bayona el supuesto miembro de ETA Santos Blanco Gonzalez.

Junio de 1985: ametrallamiento al bar "Trinkete" en Ciboure. Son muertos Emile Weiss y Claude Doer. No tenian ninguna relación con ETA ni su entorno.

31 de agosto de 1985: asesinato por disparos en San Juan de Luz a Dominique Labeyrie. No tenia ninguna relación con ETA ni su entorno.

2 de septiembre de 1985: asesinato del presunto miembro de ETA Juan Manuel Otegui en San Juan Pie de Puerto (Donibane-Garazi).

25 de septiembre de 1985: ametrallamiento al bar "Monbar" en Bayona. Son asesinados los presuntos miembros de ETA José Mari Etxaniz, Iñaki Asteazu Izarra, Agustín Irazustabarrena y Sabin Etxaide Ibarguren. Este hecho inspiraría posteriormente la canción Hotel Monbar del grupo de rock Kortatu.

24 de diciembre de 1985: herido gravemente en Biarriz Robert Caplanne, muerto el 6 de enero a causa de sus heridas. No tenía ninguna relación con ETA ni su entorno.

8 de febrero de 1986: ametrallamiento al bar "Batxoki". Heridos Karmele Martínez, Federick Haramboure y la niña de tres años Nagore Otegui.

17 de febrero de 1986: asesinato por disparos a Christophe Matxikote y Catherine Brion. No tenian ninguna relación con ETA ni su entorno. Atentado no reivindicado.

24 de julio de 1987: asesinato por disparos a Juan Carlos García Goena. Aunque el atentado no fue reivindicado los detenidos acusaron al GAL de haberlo ordenado. El asesinado no tenía ninguna relación con ETA ni su entorno.

20 de noviembre de 1989: asesinato por disparos en el hotel Alcalá de Madrid al parlamentario de Herri Batasuna, Josu Muguruza. Es herido Iñaki Esnaola. Aunque se hizo una llamada en nombre de los GAL, no es fiable y fueron acusados formalmente Angel Duce y Ricardo Sáenz de Ynestrillas, sin ninguna relación formal con los GAL.


- el envio de tropas, incluyendo a marineros de reemplazo, a las fuerzas aliadas en la primera Guerra ILEGAL del Golfo de1991. Tambien dio apoyo logistico a las fuerzas aliadas:Los puertos y aeropuertos españoles participaron plenamente en la cadena logistica de la preparacion de la Guerra del Golfo de 1991, y parte de los B52 que bombardearon Irak despegaron a sus misiones desde España.

- la participacion de España en el ataque ILEGAL a Yugoslavia en 1991,


De lo contrario, estarian haciendo un ejercicio de doble moral sectario, que esperemos, no lo ejerciten tambien en su vida diaria.

EL PARTIDO COMUNISTA DE LAS TIERRAS VASCAS FUE LEGALIZADO POR EL GOBIERNO DE AZNAR


El Partido Comunistas de las Tierras Vascas se registro como partido politico cuando no estaba vigente la actual Ley de Partidos que es la que posibilita la ilegalizacion de un partido político que promueve, justifica o exculpa el terrorismo.

"La vigente Ley de Partidos dispone:


Artículo 9. Actividad.


2. Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave:


a-Vulnerar sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, religión o creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientación sexual.

b- Fomentar, propiciar o legitimar la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o para hacer desaparecer las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, del pluralismo y de las libertades políticas.


c- Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general, o contribuir a multiplicar los efectos de la violencia terrorista y del miedo y la intimidación generada por la misma.

3. Se entenderá que en un partido político concurren las circunstancias del apartado anterior cuando se produzca la repetición o acumulación de alguna de las conductas siguientes:


a-Dar apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando las acciones terroristas para la consecución de fines políticos al margen de los cauces pacíficos y democráticos, o exculpando y minimizando su significado y la violación de derechos fundamentales que comporta.


b-Acompañar la acción de la violencia con programas y actuaciones que fomentan una cultura de enfrentamiento y confrontación civil ligada a la actividad de los terroristas, o que persiguen intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socialmente a quienes se oponen a la misma, haciéndoles vivir cotidianamente en un ambiente de coacción, miedo, exclusión o privación básica de las libertades y, en particular, de la libertad para opinar y para participar libre y democráticamente en los asuntos públicos.

c-Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble militancia en organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.


d-Utilizar como instrumentos de la actividad del partido, conjuntamente con los propios o en sustitución de los mismos, símbolos, mensajes o elementos que representen o se identifiquen con el terrorismo o la violencia y con las conductas asociadas al mismo.


e-Ceder, en favor de los terroristas o de quienes colaboran con ellos, los derechos y prerrogativas que el ordenamiento, y concretamente la legislación electoral, conceden a los partidos políticos.

f-Colaborar habitualmente con entidades o grupos que actúen de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas.


g-Apoyar desde las instituciones en las que se gobierna, con medidas administrativas, económicas o de cualquier otro orden, a las entidades mencionadas en el párrafo anterior.

h-Promover, dar cobertura o participar en actividades que tengan por objeto recompensar, homenajear o distinguir las acciones terroristas o violentas o a quienes las cometen o colaboran con las mismas.


i-Dar cobertura a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o la violencia".

De la lectura de dicho articulo( que se puede realizar sin necesidad de ser jurista) a nadie se le escapa que si el PCTV no se ilegaliza por los únicos legitimados para ello: el Gobierno o por el Ministerio Fiscal*sera porque querrán que entre en las instituciones para financiar con sus sueldos y subvenciones el terrorismo. Hasta la fecha, el PCTV no condena el terrorismo y recordar que la Guardia Civil encontró propaganda del PCTV, lista para distribuir, en poder de Sergio Lezcano, miembro de la célula terrorista Donosti.



*Artículo 11. Procedimiento

1. Estén legitimados para instar la declaración de ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución, en virtud de lo dispuesto en los párrafos b) y c) del apartado 2 del artículo anterior de esta Ley Orgánica, el Gobierno y el Ministerio Fiscal.

viernes, 6 de abril de 2007

AZNAR TAMBIEN PACTO CON LOS NACIONALISTAS


En la primera legislatura de Aznar, este tenia una mayoría simple en el Parlamento y el contexto política-económico del Estado era el siguiente:

- Un Estado deshecho economicamente a través de las malversaciones de caudales publicos por partes del miembros del gobierno de Felipe Gonzalez y numerosos casos de corrupción del partido del Gobierno, recordar aquí:

Caso FLICK, financiación ilegal del PSOE.

Caso KIO, y su causa separada, el caso Wardbase.

Caso de los fondos reservados, desvío de partidas destinadas a la lucha antiterrorista.

Caso Filesa, Caso de corrupción consistente en la creación de una trama de empresas (Filesa, Malesa y Time-Export) cuyo fin era la financiación ilegal del Partido Socialista Obrero Español, para hacer frente a los gastos originados por las campañas electorales del año 1989, hechos establecidos como probados por la Judicatura.

Caso Ave, comisiones ilegales en el Ave.

Caso Guerra, llamado así por Juan Guerra, hermano del vicepresidente Alfonso Guerra.

Caso Ibercorp, que afectó a Mariano Rubio, ex gobernador del Banco de España.

Caso Roldán, por Luis Roldán, director de la Guardia Civil, y, vinculado al mismo, el Caso Paesa. Luis Roldán aprovechó su cargo como director de la Guardia Civil para enriquecerse cobrando comisiones por adjudicación de obras y malversando fondos reservados del Ministerio de Interior. Tras el escándalo, huyó de la justicia, motivo por el que dimitió el entonces ministro del Interior Antonio Asunción, estando en paradero desconocido hasta su detención en Laos, gracias a la intermediación de Francisco Paesa. Tras su regreso a España, fue enjuiciado y condenado a 28 años de cárcel (luego elevado a 31 años) por los delitos de malversación de fondos públicos, cohecho, estafa y fraude fiscal. La sentencia consideró probado que Roldán robó más de 400 millones de pesetas (aproximadamente 2.4 millones de €) de fondos reservados y recibió 1.800 millones de pesetas en comisiones de obras del Instituto Armado. Junto a Roldán se condenó a 16 años a su testaferro, Jorge Esparza Martín, y a 4 años a su esposa Blanca Rodríguez-Porto.

Caso Expo'92, cohecho, prevaricación y un agujero de más de 210 millones de euros


- un paro del 20%

-quiebra de la Seguridad Social, poniendose en peligro el sistema de pensiones

-una ETA fuerte

Dicho contexto hizo necesario que el Gobierno de Aznar pusiese en marcha su programa politico a través de pactos de gobierno con los nacionalistas y no ejercerlo a través de pactos puntuales, sin haber llegado a ceder en ningún momento a las pretensiones de los nacionalistas.

En cambio, el contexto político-económico de Zapatero al llegar al poder fue:

- crecimiento económico por encima de los demás países de zona EURO

-paro del 11%, creándose entre 1996 y 2004, 5 millones de puestos de trabajo

-superávit de la Seguridad Social

- fuerte política antiterrorista en el marco del Pacto por las Libertades y contra el Terrorismo, de la Ley de Partidos y de la Ley de cumplimiento integro de las penas por parte de los terroristas que llevo a la ausencia de atentados durante mas de 1 año ya la debilidad de banda terrorista.

En este contexto, que al revés del anterior, no imponía una rápida reforma política-económica, Zapatero pacto con Izquierda Republicana de Cataluña recibiendo esta de dicho pacto, la Constitución y por tanto el Estado de Derecho, así:

- firmo un pacto fascista con Izquierda Republicana de Cataluña con, entre otros, el siguiente objeto:

ANEXO

CRITERIOS SOBRE ACTUACIÓN POLÍTICA GENERAL

Ningún acuerdo de gobernabilidad con el PP, ni en la Generalitat ni en el Estado
Los partidos firmantes del presente acuerdo se comprometen a no establecer ningún acuerdo
de gobernabilidad (acuerdo de investidura y acuerdo parlamentario estable) con el PP en el
Govern de la Generalitat. Igualmente estas fuerzas se comprometen a impedir la presencia del
PP en el gobierno del Estado, y renuncian a establecer pactos de gobierno y pactos
parlamentarios estables en las cámaras estatales.

- el Archivo de Salamanca dejo de ser Nacional,

- les ha concedido la bilateralidad en las negociaciones con el Estado(de Estado a Estado),

- les ha concedido un modelo territorial Confederal basado en 17 Estados Confederados trasladando a Cataluña competencias propias del Estado

- les ha concedido un modelo económico en el que el destino de los 17 Estados Confederados dependerán únicamente de su Producto Interior Bruto y del partido que lo gobierne ( si es del PP le someterá a una asfixia económica), dejando fijar a cada Estado su solidaridad para con el resto

-les ha concedido una política exterior propia

- les ha concedido un poder judicial propio

-les ha concedido una política antiterrorista propia, así el Presidente en funciones de la Generalidad pacto con ETA la ausencia de atentados en Cataluña

- les intento entregar la empresa Endesa llegando a crear un Decreto ad Hoc para que la Opa de Eon no prosperara, siendo denunciado este hecho por la Comisión Europea.

lunes, 2 de abril de 2007

EL PARTIDO POPULAR PREFIERE QUE ENDESA QUEDE EN MANOS EXTRANJERAS ANTES QUE NACIONALES




El gobierno de Zapatero pacto con el gobierno ( ya no autonómico, sino soberano) de Cataluña la entrega de Endesa a Gas Natural, llegando el Presidente del Gobierno a desplazarse a una cena -cumbre en Barcelona con Ricardo Fornesa, Presidente de la Caixa y con Montilla, entre otros. Se trata por tanto de una OPA política,como se deduce de lo expuesto y de las palabras de Maragall: "conseguiremos el Estatuto y la Opa".
Esta operación política se enmarca en el nuevo modelo territorial de España implantado por Zapatero que se asienta en la idea de ser las Comunidades Autónomas ( y no el Estado Español por ser heredero del franquismo) las únicas representantes legitimas de la realidad nacional. Así, vaciado el Estado de competencias, las CC.AA ejercen sus poderes, en este caso el económico, en el juego de fuerzas en el que se encuentran tratando de llevarse el mejor premio.
Tras fracasar la Opa de Gas Natural, lanzo Opa EON sacándose el Gobierno un Decretazo ad hoc para impedir la adquisición de la gasistica (denunciado ante la Unión Europea)y finalmente el Gabinete de Moncloa invito a Enel a opar y a que Endesa quede en un 70% en manos de ENEL, es decir;en manos del Estado Italiano al ser Enel una sociedad participada en un 30% por el dicho Estado.Por tanto es el Gobierno español el que ha preferido vender Endesa no solo a manos extranjeras sino a manos de otro Estado.
España se ha convertido así, en un país bananero en el que todos los movimientos empresariales deberan contar, para asegurar su efectividad, con el beneplacito del Gabinete de Moncloa.