martes, 31 de julio de 2007

ABORTO




El tema del aborto suscita enconadas polémicas en que teólogos, moralistas, sociólogos, juristas, médicos y feministas, manifiestan las más diversas opiniones.

Nuestra Jurisprudencia ha reiterado, que el Aborto es "La muerte maliciosa, del feto o producto de la concepción privándole de vida intrauterina aún en el claustro materno o bien mediante medios de expulsión anticipada que provocan la muerte por falta de condiciones de viabilidad".





Se trata de un delito contra la vida humana dependiente, en que el bien jurídico protegido es la vida del nasciturus, que según la STC (Sentencia del Tribunal Constitucional) 53/ 1985, de 11 de abril, es "Un Bien Jurídico constitucionalmente protegido". (Pinchar aquí, para ver el Texto de la Sentencia)

Sin duda, la vida del nasciturus, es un bien constitucionalmente protegido, un bien jurídico digno de protección, y los medios de acabar con su vida una auténtica salvajada. Enumeramos los distintos medios de practicar un aborto, explicando brevemente en que consisten:

Aborto por Succión o aspiración: El aborto por succión se hace entre la 6ta y la 12va semana. Este método se lleva a cabo introduciendo un tubo a través de la cérvix (la entrada del útero), el cual está conectado a un potente asirador que destroza el cuerpo del bebé mientras lo extrae. Después, con este tubo o con una cureta (cuchillo curvo de acero) el abortista corta en pedazos la placenta separándola de las paredes del útero y la extrae. Casi el 95% de los abortos se hacen en esta forma. A veces se pueden identificar claramente las partes del cuerpo.


Dilatación y curetaje (D y C): Este método abortivo se utiliza a finales del primer trimestre o principios del segundo, cuando el bebé ya es demasiado grande para ser extraído por succión. Es similar a este último método, pero en vez de despedazar al bebé por aspiración, se utiliza una cureta o cuchillo, provisto de una cucharilla, con una punta afilada con la cual se va cortando al bebé en pedazos, con el fin de facilitar su extracción por el cuello de la matriz. Luego se sacan éstos pedazos con la ayuda de fórceps. Este procedimiento tiene más riesgos para la mujer que el método de succión.


Aborto por Histerotomía u operación cesárea: Este procedimiento se realiza durante los últimos tres meses del embarazo. Consiste en realizar una cesárea, no con el objeto de salvar al bebé por nacer, sino para dejarlo morir o para matarlo directamente. Como se trata de una intervención quirúrgica mayor tiene frecuentes complicaciones.


La dilatación y evacuación (D y E):


Aborto de nacimiento parcial: Guiado por la ecografía, el abortero sujeta la pierna del bebé con fórceps.La pierna del bebé es sacada fuera.Tirando del fórceps, el abortero extrae del canal genital el cuerpo del bebé, excepto la cabeza.El abortero clava unas tijeras en la región occipital del bebé, después las abre para agrandar el agujero.El abortero introduce un catéter en el agujero, a través del cual vacía el cerebro por succión; finalmente extrae la cabeza del útero. El procedimiento ha terminado.

La "regulación menstrual": La regulación menstrual se define comúnmente como la evacuación del contenido del útero de una mujer a quien se le ha retrasado su período menstrual 14 días o menos, que antes tuvo siempre períodos regulares y que ha estado en riesgo de concebir. Puede llevarse a cabo antes de la prueba de embarazo (...) Puede usarse con distintos fines: (1) curetaje diagnóstico o terapéutico; (2) tratamiento del aborto incompleto; (3) evacuación uterina antes de ligar las trompas, cuando la ligadura se realiza en la segunda mitad del ciclo menstrual y se quiere asegurar que la mujer no quede embarazada; y (4) evacuación uterina en caso de sospecha de embarazo.



De otro lado destacar, que el tema de la punición del Delito, ha planteado numerosos problemas, y las más diversas opiniones, pudiendo distinguirse en relación con las legislaciones tres posturas fundamentalmente dentro del Derecho Comparado:

A) La posición minoritaria (Ej. Países Americanos), en que no se admite en ningún caso y el aborto se castiga siempre.
B) La posición más extendida de los que siguen el Sistema de Indicaciones, en virtud del cuál se despenaliza el aborto consentido con determinados requisitos, atendiendo a razones terapeúticas (peligro de la madre), éticas (violación), eugenésicas (taras físicas o psíquicas en el feto), e incluso socioeconómicas (Número elevado de hijos o penuria económica de la madre).
C) La posición de los que siguen el Sistema de Plazos, en que se despenaliza el aborto consentido en las primeras semanas (Ej: Francia e Inglaterra)


En España, triunfó la posición de Tertuliano que consideró el aborto como un "Homicidio Anticipado" y cuyo castigo se mantiene en nuestro Derecho desde el Fuero Juzgo hasta nuestros días. Actualmente el Aborto se regula y castiga en el Título II, del Libro II del Código Penal (Artículos del 144 al 146). No obstabnte, se despenaliza el aborto en tres supuestos, en virtud del Artículo 417 Bis del Cp de 1973, (vigente en virtud de la Disposición Adicional 1 a) del actual CP de 1995), introducido por la Ley Orgánica 9/ 1985.


Se regulan tres supuestos, por tanto, en que se despenaliza el aborto, que son a saber:

1.- Aborto terapeútico, para el supuesto de riesgo para la vida o salud física o psíquica de la madre. Siendo necesario en este supuesto que tal peligro o riesgo "conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto".


2.- Aborto ético, para el supuesto en que el embarazo sea consecuencia de un delito de violación sobre la mujer. Argumentándose para la despenalización que hacer soportar las consecuencias de una violación es "manifiestamente inexigible a la madre" (Docttrina del Tribunal Constitucional). En este caso se exige que "el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado."



3.- Aborto eugenésico, para el supuesto de que el feto haya de nacer con taras físicas y psíquicas, exigiéndose en dicho supuesto que "el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto." Afirmanado en este caso el TC que la despenalización se debe a que "no se puede imponer una conducta que excede de la que normalmente sería exigible a la madre y familia"


En los tres supuestos contemplados y regulados en el Artículo 417 Bis del Cp de 1973 se exige el consentimiento expreso de la madre/ mujer embarazada. Y según opinión consolidada de la Jurisprudencia, para evitar error en el consentimiento, se prevé que los profesionales sanitarios adviertan sobre las consecuencias médicas, físicas y psicológicas, tanto en el caso de continuar como en el caso de interrumpir el embarazo, previsión ésta que en no todos los casos se lleva a efecto por unos médicos demasiado ocupados e inmiscuidos en sus propios problemas como para perder el tiempo en estas cosas, de manera que en inumerables ocasiones se olvida de advertir a las madres sobre los problemas que surgen a posteriori del aborto, tales como: • MUERTE, • CÁNCER DE MAMA, • CÁNCER DE OVARIOS, HÍGADO Y CERVICAL (cuello uterino), • PERFORACIÓN DE ÚTERO, • DESGARROS CERVICALES (cuello del útero), • RECIÉN NACIDOS DISCAPACITADOS EN POSTERIORES EMBARAZOS, • AFECCIÓN INFLAMATORIA PÉLVICA, • PEOR ESTADO DE SALUD GENERAL, • NECESIDAD DE TRATAMIENTO PSICOLÓGICO, • TRASTORNOS POR ESTRÉS POST-TRAUMÁTICO, • DISFUNCIÓN SEXUAL, • DESÓRDENES ALIMENTICIOS, • ABORTOS DE REPETICIÓN.....

En relación con el aborto terapeútico, creemos desde este blog que no tiene razón de ser, por cuanto, en el supuesto de real y grave riesgo para la vida de la mujer, el supuesto podría encontrar su cauce y la exención de la responsabilidad criminal de la madre a través del estado de necesidad del Artículo 20. 5 del CP que dispone "Están exentos de responsabilidad criminal: 5º El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos: Primero.- Que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar, Segundo.- Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto, Tercero.- Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse".

Además entendemos que el citado aborto terapeútico es el cauce que da lugar a mayores vulneraciones de la ley, el que motiva más actos en fraude de ley y el mayor coladero para los abortos ilegales y sin razón, no podemos obviar, que la exigencia del dictamen médico que acredite el riesgo para la vida y la salud de la madre, es sólo un medio para aliviar la conciencia, y que actualmente puede obtenerse con la gorra sin ningún rigor médico. Basta con ir al médico alegando que te va a provocar una grave depresión dar a luz el niño, para que sin ningún reparo cualquier médico sin demasiado rigor científico y escasa moral autorice y firme el citado dictamen, dando así vía libre para acabar con la vida dependiente del nasciturus.

El aborto ético, es quizás el más controvertido. Si bien es cierto que podría argumentarse en favor de la continuación del embarazo y después dar en adopción al niño, cierto es también que obligar a soportar un embarazo producto de una violación a una mujer, puede resultar traumático para la misma.

Y respecto del aborto eugenésico, deberá ser estudiado en sus respectivos casos según nuestra opinión, por cuanto no toda tara física o psíquica es motivo suficiente para privar de vida a una criatura. En este punto queremos manifestar nuestra radical oposición a la argumentación del Tribunal Constitucional que afirma que la despenalización del aborto en este caso se justifica "por no poder imponer a la madre y familia una conducta que excede de la exigible", nos parece ésta, una afirmación sumamente ligera, superficial, atrevida, irresponsable y gravemente inmoral, por mucho que haya sido afirmada, por el máximo intérprete de nuestra Carta Magna. Por esta regla de tres, estaría justificada y es más, aprobada moralmente y alentada la conducta de quien se desentiende de algún pariente, ya sea ascendiente, descendiente o cónyuge, que en algún momento de su vida se ve aquejado de una enfermedad que le impide valerse por sí mismo y que supondría una "carga" que implica para la persona que debiera atenderle una "conducta que excede de la exigible a la familia", tremenda, vergonzosa e inmoral conclusión según nuestra opinión.


No es ésta, la única afirmación de nuestro Tribunal Constitucional, que consideramos manifiestamente repochable y fuera de lógica y razón, ni el único problema que ocasiona el aborto.

El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 53/ 1985, viene a decir, que en el aborto no es necesario el consentimiento del padre (progenitor), por cuánto la especial relación entre la madre y el nasciturus, hace que la decisión sólo le corresponda a ésta. Literalmente la Sentecia dice "28. El Tribunal entiende que la solución del legislador relativa al consentimiento en los supuestos previstos en los núms. 1 y 3 del art. 417 bis del Código Penal, en la redacción dada por el Proyecto, no es inconstitucional, dado que la peculiar relación entre la embarazada y el «nasciturus» hace que la decisión afecte primordialmente a aquélla."



Resulta que si la embarazada decide continuar con su embarazo y tener al niño, el padre, quiera o no, se verá obligado a pasarle una pensión para ayudar a su manutención, pues a ello le obligarán los Tribunales de Justicia, en caso de que no quiera voluntariamente, hacerse cargo del niño, y sin embargo, si para la mujer embarazada, resulta costoso, pesado o inaguantable su embarazo y decide poner término al mismo, aquí el progenitor/ padre, no tiene opción a dar su opinión, y su consentimiento o falta del mismo es irrelevante, por la supuesta especial vinculación entre la madre y el nasciturus, tendrá que conformarse (más remedio no le queda) con que el producto de su concepción, su feto, su niño, sea abortado, solución esta tremendamente incoherente y ante la cuál, mostramos nuestro más absoluto rechazo y repulsa.


AL GOBIERNO DE ESPAÑA LE PONEN LOS TERRORISTAS




Al Gobierno de España le encanta dialogar y negociar con los terroristas. En España lo ha hecho y lo hace con la banda terrorista ETA, incluso con muertos encima de la mesa. Ha sacado terroristas de la cárcel, ha hecho impunes al brazo político de ETA y a los terroristas callejeros.


Ayer en el pueblo de Getxo ondeaba en el Ayuntamiento una bandera en la que se pedia a ETA que matase a la Ertxaintxa , en varios pueblos del Pais Vasco no se han podido constituir los nuevos ayuntamientos salidos de las elecciones municipales y en otros tantos se han tenido que constituir gestoras porque no se han presentado a cubrir sus puestos los ediles del PNV, ARALAR y del PSOE. Además los batasunos dan ruedas de prensa cuando estiman conveniente.Zapatero anunció despues de la ruptura de la tregua que seria implacable frente al terrorismo. Se refería, a lo que el considera terrorismo, los terroristas de ETA. El brazo político de ETA sigue siendo tratado con mimo por el Gobierno cuando hace 3 años estaban acorralados.

En el ámbito internacional, el ministro de exteriores,Moratinos, se ha reunido con el numero 2 de Hezbolá, disidencia terrorista en el Libano (Fundado con apoyo de Iran y financiado por dicha república, Hezbolá sigue la ideología islamista chií que preconizó el ayatollah Jomeini, líder de la Revolución Islámica iraní. El objetivo de Hezbolá es la implantación de un Estado islámico. Se le atribuyen terribles atentados, como los del restaurante El Descanso de Madrid (18 muertos y 84 heridos).







Mas allá de que esta entrevista repercuta negativamente en las relaciones con los Gobiernos del Libano, de Israel y con la Administración Bush, esta es en si misma una indignidad e inmoralidad. Primero porque al terrorista no se le puede dar el carnet de interlocutor político y segundo porque el miserable Gobierno de Zapatero siempre ha rechazado reunirse con las disidencias políticas en otros países. Sin ir más lejos, hace unos meses ninguneo a la disidencia cubana. Al Gobierno de España solo le importan las disidencias terroristas que lo son de los enemigos históricos del progresismo, Israel y los EE.UU.Las demás disidencias, si quieran gozar de la complacencia del Gobierto de Zapatero, deberá empuñar armas y abrazar el antisemitismo y el antiamericanismo. Entonces, ya serán unos simpáticos terroristas que aunque siembran terror, tienen un fin bueno y se podrá dialogar con ellos.

lunes, 30 de julio de 2007

COLABORACIÓN CIUDADANA



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado piden la colaboración ciudadana para localizar a estos seis etarras. De izquierda a derecha y de arriba abajo: Aitzol Etxaburu Arteche, Ander Múgica Andonegui, Eneko Zarrabeitia Salterain, Joseba Mikel Olza Puñal, Leire López Zurutuza y Saioa Sánchez Iturregui.


Los ciudadanos disponen de dos teléfonos gratuitos: el 900 100 091 del Cuerpo Nacional de Policía y el 900 100 062 de la Guardia Civil.


El llamamiento se produce el mismo día en que Joan Mesquida ha alertado de un peligro "absolutamente real" e "inminente" de que se produzca un atentado de ETA.

EL FUTURO DE ESPAÑA


El futuro de España va a depender del compromiso de los 2 grandes partidos políticos con la Constitución y con la democracia. El Tribunal Constitucional, garante de la Constitución, se ha puesto al servicio del Gobierno y ha decidido dejar su resolución sobre el Estatuto de Cataluña para después de las elecciones. De esta manera su gobierno no se ve desgastado por un TEMA al que es sensible gran parte de la sociedad. La pelota esta, por tanto, en el tejado de los ciudadanos.

Si estos votan un Gobierno del PP, el Tribunal Constitucional no será todo lo libre que quisiera para resolver sobre el Estatuto. Estaría condicionado, además de por la opinión pública, por un nuevo Gobierno contrario al derrumbamiento del Estado de las Autonomías para la instauración de un Estado Confederal. Si gana el PP con una mayoría amplia, aunque no llegue a la absoluta, el PSOE se descompondrá porque lo único que hoy les une es la poltrona. Sera el momento para él, guiado por los resultados electorales, de cambiar de líder y optar por uno que crea en la nación española.

Esta idea futura posible y deseable para España será que la que la permita remontar el vuelo. Pero sólo lo podrá remontar si los dos grandes partidos determinan y realizan los cambios constitucionales (al margen de la reforma de la ley electoral , ya comentada en otra entrada) que la democracia española requiere si quiere adaptarse a las nuevas realidades.

Es exigible:

-una reforma en el orden de sucesión a la Corona que pusiera fin a la discriminación por razón de sexo, hoy existente.

- hacer una mención expresa de Comunidades Autónomas para bloquear toda injerencia nacionalista en la idea de España como Nación y en la de su unidad.

- establecer una nueva regulación competencial, de tal forma que queden delimitadas las esferas de actuación del Estado y de las Comunidades Autónomas. En algunas materias claves para el desarrollo de un Estado, como la educación, este debe recuperar los aspectos básicos de la competencia y así superar este gran error de la transición.

- y hacer una expresa mención a la realidad europea.

España necesita lideres políticos que tengan capacidad para abordar estas reformas sin complejos. El futuro de España dependerá de que los lideres de los dos grandes partidos tengan como ideales, el interés general o el bien común de todos los españoles.

1500 EUROS POR REINSERCIÓN


El Gobierno hace tiempo puso en manos de los terroristas dinero público para que el terrorismo no tuviese problemas para llegar a fin de mes durante años.

Ahora nos enteramos que Gobierno puso precio a nuestras vidas y ofreció a ETA 15oo euros a los terroristas que se reinsertasen. Es cierto que ETA no es otra cosa que una banda de mercenarios a sueldo pero eso no justifica el querer pagar un precio para que respeten tu vida. El derecho a la vida es,lo quiera o no nuestro presidente, universal e incondicional.En ningún caso es un objeto mercantil susceptible de ser vendido o adquirido.

Este Gobierno legitimador de terroristas que no cree que los derechos humanos sean incondicionales, no puede pretender que la sociedad acepte que los asesinatos de Miguel Ángel Blanco, Gregorio Ordoñez, Buesa.......... hayan valido para que ETA nos perdone la vida por 1500 euros por terrorista reinsertado.

Desde la salida desde esta información a la opinion publica el miserable Gobierno no ha abierto la boca. Ni confirma ni desmiente pero ya se sabe que el que calla otorga. Esperemos que la sociedad española responda a este ataque del Gobierno a su derecho mas fundamental: el derecho a la vida.

domingo, 29 de julio de 2007

HACIA LA DICTADURA SOCIALISTA IV

En otra entrada de "Hacia la dictadura socialista" nos referimos a la vulneracion por el gobierno de la Constitución para el control del Poder Judicial y ahora lo hacemos de la vulneracion de la Constitución en materia presupuestaria para perpetuarse en el poder.

El Gobierno de España aprobó el techo del gasto para el 2007 y a continuación elaboro el presupuesto del Estado.Se advirtieron presiones de los nacionalistas, especialmente de ERC.Sabían que el Gobierno dependía de sus votos para sacar adelante el presupuesto y exigieron que se les asignara un aumento de los créditos presupuestarios para inversiones.

La Constitución Española recoge los limites del gasto publico estableciendo el art.31.2 que "el gasto publico realizara una asignación equitativa de los recursos publicos y su programacion y ejecución responderan a los criterios de eficiencia y economía".Al mismo tiempo el art 103 establece que "la Administración sirve con objetividad los INTERESES GENERALES y actúa de acuerdo a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentracion y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho".También alude a la SOLIDARIDAD entre territorios el art 2 de la Constitución.

La Constitución dice, por tanto, que el gasto publico debe ser EQUITATIVO y Administración debe servir a los INTERESES GENERALES. El Gobierno tenia que decidir entre la Constitución o entregar esta a lo nacionalistas por sus votos.Optó por lo segundo y repartió el gasto publico en función de intereses de poltrona y no de los intereses generales.Inicio una politica discriminatoria por razón de la ideología que hace añicos la cohesión nacional.Tranferir fondos a las CC.AA nacionalistas no para gastos eficientes sino para incrementar el poder de estas hará que el socialismo se perpetué en el poder pero hará también un desequilibrio económico entre los distintos territorios de España.

Ahora llega el presupuesto del 2008 y se repite la historia narrada del 2007. El Gobierno volverá a elegir los intereses a los que atender. La presunción esta en su contra y el gobierno debe destruirla escapando de los nacionalistas optando por la PRORROGA de los presupuestos.

GABRIEL CISNEROS: PADRE DE LA CONSTITUCIÓN



Ha muerto Gabriel Cisneros, uno de los padres de la Constitución española. Desde este blog queremos agradecer a este político e intelectual su sentir a lo largo de su vida por España y por la libertad. En su momento supo contribuir a crear una Constitución que empujara a España a la transición a la democracia y en la actualidad supo ver y admitir las deficiencias de la obra en que participo.

Era un cerebro y un corazón sobresalientes que siempre echaremos de menos. Siempre le recordaremos porque su obra politica e intelectual son las que nos servirán para que España y su democracia crezcan para adelante.


Que en paz descanse


Padres de la Constitución de 1978

jueves, 26 de julio de 2007

EL NUEVO PP DE CATALUÑA ES DE EXTREMA DE DERECHA


Tras la fuga de Pique del PP de Cataluña, su puesto ha sido cubierto por Daniel Sirera. De inmediato han salido los progres ha decir que el PP esta en crisis en Cataluña y que los sustitutos de Piqué representan la extrema derecha.Quienes dicen que el PP está en crisis en Cataluña, se equivocan.

Si hay algún momento en que el PP de Cataluña no esta en crisis es este.El PP de Cataluña ha estado en crisis desde la llegada a su presidencia de Piqué. Con Piqué el PP en Cataluña tocó fondo. Frente al estado nazional-socialista que impera en Cataluña, el PP no ha defendido su política ideológica. No luchó contra el régimen antes de Maragall y ahora de Montilla sino que se mimetizó en el ambiente nazional-socialista con la intención de buscar votos en los nacionalistas de CIU.

Para ello, renunció a hacer política para sus tradicionales votantes y perdió los votos de estos y no logro ninguno del nacionalismo. El PP de Cataluña ha llegado a desparecer en algunos municipios de Cataluña, ha perdido votos en su feudo (Barcelona) e incluso en su pérdida de identidad ha llegado a pactar en ayuntamientos con los que piden su exterminio (ERC). Era necesario el cambio pero Rajoy no lo veía. Gracias a Piqué se ha producido un cambio que permitirá al PP volver a ser partido en Cataluña y que permitirá que el nuevo PP de Cataluña pueda rescatar los votos perdidos para así poder ayudar a Rajoy en las elecciones generales.

Quienes dicen que el nuevo PP de Cataluña es la extrema derecha saben que están cumpliendo una de las mentiras (identificacion del PP con el Franquismo) sin las que el socialismo nunca estaría en el Gobierno. Daniel Sirera hará política para los ciudadanos, perseguirá el compadreo nacionalista y denunciará la vulneración de la legalidad constitucional por parte de la Generalidad. No hará otra cosa que política pero para el progresismo y el nazionalismo toda política contraria a su régimen les resulta como a Castro o a Chaves una política traidora, una política anticatalana.

Cogerán la bandera de Cataluña y dirán que el PP es anticatalanista. Si quieren perpetuarse en el poder, harán bien, porque la sociedad catalana siempre les ha respondido en las urnas. La sociedad catalana prefiere ver un barrio caerse, que sus políticos se escondan delitos, que les oscurezcan sus vidas durante días,........ a que el PP pueda optar a la Generalidad.

INJURIAS DE ANASAGASTI A LA CORONA




Ha dicho Anasagasti en su blog:

"Se ha organizado una buena a cuenta del dibujo de El Jueves. Y la verdad es que todo ésto es de risa. La mitad de la mitad de lo que ocurre en Gran Bretaña y allí la Casa Real lo aguanta todo porque viven en un verdadero sistema democrático. No son intocables. Aquí si. Aquí se ríen de nosotros a cuenta de los derechos históricos y resulta que el derecho histórico de una pandilla de vagos, eso es intocable.

Se me dice que es mejor eso a que el presidente sea Aznar y les contesto que si lo fuera Aznar sería por el voto popular y a este lo puso ahí Franco, un general asesino y golpista y que al cabo de cinco años a Aznar se le mandaría a casa y a éstos a lo sumo, solo se les puede hacer una caricatura...

Ese es el verdadero escándalo de esta semana. No la caricatura que está muy bien sino que toda la familia con el presupuesto público veranee de gorra dos meses, Marichalar incluido."

Estas declaraciones son susceptibles de ser perseguidas penalmente. El Fiscal general puso el liston del delito de injurias muy alto y ahora debe respetarlo.Si no lo hace habra delitos de injurias de primera y de segunda, en funcion de los autores del delito.

Ha dicho Anasagasti que los Reyes son unos vagos. Lo dice un senador que empezo sus vacaciones en Julio y y que las termina en Septiembre y cuyo coste cae de cuenta de todos los españoles. Dice tambien que el Rey no es legitimo por ser heredero del franquismo. Se olvida interesadamente que la monarquía fue sometida a votación en la comisión constitucional del Congreso en mayo de 1978, y que durante el proceso constituyente se debatió libremente su utilidad y justificación políticas. Es cierto que la institución no fue objeto de un referéndum singularizado como pretendían algunos,como tampoco fueron sometidas individualmente al escrutinio popular otras muchas decisiones institucionales de igual o mayor trascendencia como la adhesión de España a la Comunidad Europea sin que ello haya sido objeto de crítica.Si el Rey es Rey por el franquismo, Anasagasti y su partido existen por la Edad Media y por ETA. La Edad Media es la que "otorga" algunos de los derechos historicos de la CC.AA Vasca que ellos y ETA reclaman.

Se olvida tambien interesadamente Anasagasti que las mayores democracias en Europa(Suecia, Belgica,Dinamarca.....) son monarquicas y que las republicas actuales no son dignas de ejemplo.¿Alquien sabe como se llama el presidente de la Republica de Italia?.

Si este recogedor de nueces entiende que el Rey incurre en el ejercicio de su cargo en determinados delitos debe plantearlo ante los Tribunales. Si no lo hace,que se calle y que siga rentabilizando la existencia de ETA.

miércoles, 25 de julio de 2007

EN NORTEAMÉRICA SI HAY ESTADO DE DERECHO

La semana pasada una Corte Federal de Apelación ordenó al Gobierno norteamericano proporcionar practicamente toda la información disponible sobre los presos retenidos en Guantánamo a los Tribunales y a los abogados de los acusados.

Recientemente la Administración Bush sufrió otras dos sentencias desfavorables en relación al estatuto de "enemigos combatientes" que aplica a los sospechosos de pertenecer a Al-Qaeda.

Norteamérica ha dado otra muestra más de que su Estado de Derecho esta por encima de todo, incluido de la Administración Bush. En este país, tan asquerosamente denostado por nuestro Presidente y la progresía, se cumplen las leyes. Es esta la verdadera la causa de la psicosis maniaco-depresiva de tienen los progres con Norteamerica.

Mientras se daba esta resolución en Norteamérica, en la España de Zapatero se visualizaba la actual vulneración de principio de división de poderes. El Tribunal Supremo y la Fiscalía dejaban la aplicación del Estado de Derecho para mejor ocasión y resolvía el caso BONO, el caso del ANTENICIDIO DE PRISA y el caso de SOCIEDAD ALCOHÓLICA de acuerdo a la voluntad del Gobierno del Régimen. Resolvieron a favor de la agresión al PLURALISMO POLÍTICO, a favor de la vulneración de la LIBRE COMPETENCIA y a favor de los PROETARRAS. Ya antes habían resuelto a favor de terroristas como Otegui, De Juana...

El Estado de Derecho de la España de Zapatero esta años luz del de Norteamérica. Allí el poder judicial se visualiza nítidamente como independiente del Poder Ejecutivo y aquí se visualiza que el poder judicial ha quedado totalmente absorbido por el Ejecutivo. Allí se visualiza que la Constitución esta al servicio de la democracia y aquí se visualiza que la Constitución esta al servicio del régimen.

Esperemos tiempos mejores para nuestra democracia.

¿QUE ES EL CUPO VASCO?

Hasta muy recientemente era el Gobierno central el que recaudaba la mayoría de los impuestos: renta (IRPF y Sociedades), consumo (IVA) e impuestos especiales (gasolinas, alcohol, tabaco, etc.) y utilizaba las trasferencias para financiar los presupuestos autonómicos.Los entes autonómicos y locales (diputaciones y municipios) tenían y tienen escasos ingresos propios: contribuciones urbanas, impuesto de actividades económicas (IAE, abolido en el año 2003) y diferentes tasas.



Este esquema va evolucionando actualmente hacia un modelo de corresponsabilidad fiscal: las autonomías reciben un porcentaje creciente de los impuestos que recauda el Gobierno central (un 35%, creo) y participan en la gestión de los impuestos especiales, además de recibir trasferencias que favorecen a las regiones más pobres o más afectadas por coyunturas especiales (reconversiones industriales, catástrofes, etc.).A medida que las comunidades autónomas vayan gestionando nuevas competencias, además de las de educación, sanidad, etc., que ya tienen, el porcentaje de participación en los impuestos irá lógicamente creciendo





Es importante hablar en plural porque existen conciertos (y cupos) con Navarra y Euskadi, e incluso dentro de Euskadi, el concierto hace referencia a los derechos históricos de Álava. Los distintos regímenes forales propios del antiguo régimen van desapareciendo en España en la medida en que se va consolidando un estado moderno. Y este es un proceso que empieza en el siglo XVI y termina con la última guerra carlista en 1876, cuando Navarra y las tres provincias vascas pierden sus fueros (o derechos especiales) pero conservan un privilegio fiscal en forma de concierto económico y cupo. En 1939, al final de la guerra civil, Vizcaya y Guipúzcoa pierden este privilegio fiscal que conservan Navarra y Álava, que se habían puesto del lado de Franco en la contienda. Con la restauración democrática, vuelve a surgir las figuras de los conciertos y cupos, esta vez para Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco.



Actualmente,el Gobierno central (Madrid, en la terminología nacionalista) no recauda impuestos en Euskadi. Con otras palabras, los ciudadanos vascos no pagan impuestos al Gobierno central, sino que lo hacen exclusivamente a las diputaciones y a los municipios vascos, que son los que, dentro del marco general definido por el Estado, legislan y recaudan en materia fiscal.



Como contrapartida, el Gobierno central no corre con los gastos de la administración vasca, que debe hacer frente al coste de las competencias asumidas en el Estatuto de Autonomía y a las trasferidas posteriormente, como son la educación, la sanidad, la agricultura, la industria y el comercio, el trasporte regional, etc. El sistema fiscal de la CC.AA Vasca se diferencia del antiguo sistema feudal en que las contribuciones al sostenimiento del Gobierno central no son "donativos voluntarios" de reinos y señoríos, sino aportaciones definidas y (relativamente) objetivadas en la Ley del Cupo de1981.De acuerdo con esta Ley, el País Vasco contribuye al sostenimiento de las cargas del Estado por las competencias no asumidas por la administración vasca, como son la defensa y la policía (incluida la policía autónoma, que la paga entera el Gobierno central), la actividad exterior, los ferrocarriles estatales, los puertos y aeropuertos, la Casa Real, el Congreso, el Senado y otros poderes del Estado, etc., así como un fondo de cooperación interregional.



En principio consiste en un porcentaje de estos gastos estatales, un porcentaje que se fijó en el 6,24% en 1981 y que no ha variado desde entonces. Este es el peso estimado que la economía vasca tenía en la economía española en esa época. (Aunque el porcentaje actual real está más cerca del 6,50%).Por ejemplo, una vez conocido el presupuesto del Gobierno central, pongamos 25 billones de las viejas pesetas , vamos a descontar de este presupuesto el gasto que el Estado hace en las actividades trasferidas al País Vasco, las cargas asumidas, las que pagan directamente los vascos. La Comisión Mixta del Cupo hace sus deberes y llega a la conclusión de que hay que descontar 14 billones de pesetas. El resto, 11 billones de pesetas, es decir, el 44% del presupuesto estatal, hay que pagarlo en Madrid.Si aplicamos la cifra mágica del 6,24, a los vascos les toca pagar 680.000 millones de pesetas.



¿Y con esto se acaba la historia? Pues no, porque hay que hacer ajustes. Y aquí entramos en un cierto mercadeo.





Primer ajuste: el IVA. Los vascos pagan a Madrid el IVA de los productos que consumen aquí pero que se fabrican fuera de Euskadi. Y hay que descontarlo. Lo difícil es calcularlo, pero se calcula.






Segundo ajuste: los impuestos especiales sobre la gasolina, el tabaco, el alcohol y las tasas por el DNI, el pasaporte, que los vascos pagan a Madrid. También se calculan (bueno, se estiman) y se descuentan.






Tercer ajuste: el déficit del Estado. Euskadi no paga pufos. Por lo tanto, descontamos el 6,24 % del déficit público.Después de todos estos ajustes lo que queda es el cupo neto: 180.000 millones de pesetas aproximadamente, que habrá que pagar en varios plazos.




¿Se acabaron los problemas? ¿Y los 32 millones de euros?Pues no, porque ¿qué pasa si después de pactado el cupo, va Madrid y, por ejemplo, del presupuesto de 11 billones, suelta 500 millones de euros a las otras comunidades autónomas para gastos de Sanidad?



Pues que sale el Gobierno nazionalista diciendo "¡Ojo! Que esos 500 millones de euros no estaban destinados a la Sanidad y, por lo tanto, hay que reducir el cupo en el 6,24 % de 500, es decir, los tan traídos y llevados 32 millones de euros. Según esta lógica, cada vez que hay una modificación entre el presupuesto previsto y el ejecutado, habría que reajustar el Cupo. Una locura, que lleva a un permanente tira y afloja.




Y eso del Concierto renovable o indefinido, que se pactó hace algún tiempo, ¿qué es exactamente? Lo que se pacta o lo que se cierra es el sistema de cálculo. Es decir se consolida ese 6,24% y luego lo que se establece son fórmulas complicadas para los ajustes que ya he mencionado en función de la renta, de la población, de la presión fiscal, etc.



¿Es un privilegio el Cupo o se podría generalizar en toda España?



Si el cupo vasco, con el 6,24 % de aportación, es de 180.000 millones de pesetas, y su fórmula se generalizara al resto de España, habría que multiplicar el cupo por 16 (curiosamente éste es casi el número de autonomías españolas, 17). El Gobierno central recaudaría vía cupo algo menos de 3 billones de pesetas y seguiría necesitando 11 billones para cubrir su presupuesto actual.



Podemos afirmar entonces que es un privilegio.



Sí, porque aunque la aproximación sea muy burda, ¿quién pagaría el resto? La generalización del Cupo vasco sería imposible. No habría café para todos. De otro modo el Estado entraría en liquidación. Y en el fondo eso es lo que los nacionalismos cuestionan: si el Estado central tiene que existir como tal o tiene que ser una especie de coordinador "light" de las diferentes autonomías.¿Habría que renunciar al ejército, a la policía, a los servicios en el exterior, a la investigación básica, entre otras cosas? ¿Tendríamos 17 legislaciones fiscales? ¿Y 17 fronteras invisibles? ¿Desaparecería el estado español en la Unión Europea de las regiones? ¿Volveríamos al estado pastoril de Malta como añora algún ilustre nacionalista? Y, sobre todo, ¿quién pondría orden entre los vascos?



¿La Seguridad Social está transferida?Sólo la parte correspondiente al gasto sanitario; el resto es competencia del Estado y tiene su propio presupuesto de trece billones de pesetas. Pero hoy el 90% del gasto de la Seguridad Social corresponde a pensiones, por lo que se puede decir que la única función de la Seguridad Social es la administración de las pensiones.





¿Se puede romper la Caja Única?l Todos los españoles ingresan sus cuotas en una misma caja, la Tesorería de la Seguridad. De esta caja única se pagan todas las pensiones, mediante un sistema de reparto. Cuando los nacionalistas reclaman la ruptura de la Caja Única, no están pensando (creo yo), en obtener privilegios (no estamos en 1981, en el momento de mayor actividad de ETA). De hecho, el País Vasco tiene más pensiones y más altas que la media española. No se busca tanto una ventaja económica como poder político. Manejar la caja supone administrar en Vitoria otros seiscientos mil millones, rebajar el poder del centro e incrementar la nómina de los "fieles".



POST BY RAFAEL JIMÉNEZ

TRAICIÓN A ESPAÑA

El director del Centro Nacional de Inteligencia, Alberto Saiz, ha anunciado que se ha detenido a un "agente doble" al descubrirse que hacía servicios de espionaje para otro país, un "caso único" en España. El espía pasó información reservada a Rusia. La Fiscalía le ha acusado de un "delito de traición", penado con hasta 12 años de cárcel. El incidente ha obligado al CNI a modificar su estructura y sistema de funcionamiento.

La debilidad por el dinero y a los mejor por mas motivos fue aprovechada por los rusos,que pudieron acceder al organigrama del CNI y obtuvieron numerosos nombres, al parecer también los de los agentes del CNI muertos en una emboscada en Irak en 2003.Por aquel entonces, España era un firme aliado de Estados Unidos en aquella guerra a la que siempre se opuso Moscú. Vincular la traición del agente doble con el fatal desenlace de la misión de sus compañeros en Irak no parece demasiado aventurado.

El Gobierno ruso con su presidente,Putin, siempre a ha dado muestras de que su única arma politica es el exterminio de todo aquel que no haga seguidismo a su Gobierno. El caso más notorio es la de la periodista Anna Politkóvskaya[1]; autora de libros de como "La Rusia de Putin" o "El infierno de Chechenia"; quien había declarado haber recibido amenazas de muerte y tentativas de asesinato por envenenamiento. Finalmente el 7 de octubre de 2006 fue asesinada en el ascensor del edificio donde tenía su domicilio en Moscú. Otro caso es el de Alexander Litvinenko que fue un ex espia ruso envenenado con polonio-210, según medios occidentales presuntamente por sus críticas al gobierno de Putin y al momento de investigar el asesinato de Politkóvskaya empezó a recibir amenazas de muerte.

Resulta desternillante que el jefe de los espías en España muestre públicamente la "calidad" de nuestros servicios secretos. Pero una vez hecha publico la traición del agente doble, resulta no desternillante sino preocupante que este Gobierno no haya efectuado respuesta alguna al Gobierno ruso, y mas teniendo en cuenta,la vinculacion de la traición con el asesinato de los agentes secretos.Ni protesta formal, ni llamada a consultas al embajador ruso, ni anunciar una investigación, ni siquiera una comparecencia inmediata del jefe del CNI ante el Congreso(las vacaciones son sagradas).

El Gobierno de Londres acaba de echar a unos cuantos diplomaticos rusos del país por negarle el Gobierno ruso la extradición del presunto culpable de la muerte de Litvinenko.El Gobierno ruso no le deja investigar un asesinato ocurrido en su territorio y Londres ha optado por la represalia. No imaginamos que el Gobierno de España no hará acto de represalia alguno.España es un país sin peso internacional y sus aliados(Venezuela,Cuba,Bolivia...) no lo aumentan precisamente.El episodio vivido plantea la importancia de tener buenos aliados internacionales antes conflictos con otros países. En la escena internacional todos los países se mueven por puros intereses, todos menos España a cuyo Gobierno le importan mucho las dictaduras progresistas y muy poco la seguridad del país y de sus ciudadanos ante ataques internacionales. Se anhela la presencia internacional que España tenia con Aznar.

MATRIMONIO CIVIL


No haremos en esta entrada una valoración sobre la conveniencia o necesidad de la regulación del matrimonio entre homosexuales, ni sobre la conveniencia o no del denominado "Divorcio exprés", así como tampoco sobre las consecuencias que dichas regulaciones tienen en el ámbito del concepto tradicional de familia (si os parece esto podemos dejarlo para los comentarios).

Tan sólo pretendemos analizar las Leyes 13/ 2005, de 1 de Julio, de modificación del Código Civil en materia de Derecho a contraer matrimonio, y 15/ 2005, de 8 de Julio, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, y la influencia de las mismas sobre la institución del matrimonio civil.

La Ley 13/ 2005, de 1 de Julio, trata según afirma su Exposición de Motivos de "Dar respuesta a la necesidad del estableciemiento de un marco de realización personal que permita que aquellos que libremente adoptan una opción sexual y afectiva por personas de su mismo sexo puedan desarrolar su personalidad y derechos en condiciones de igualdad. En este contexto la Ley permite, que el matrimonio sea celebrado entre personas del mismo sexo o distinto, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición"

De esta forma, el Artículo 44 del CC que disponía que "El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este código", se ve ampliado por la referida ley con un 2º párrafo que dispone "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuándo ambos contrayentes sean del mismo o de distinto sexo".


Por su parte, la Ley 15/ 2005, de 8 de Julio, supone una sustancial modificación de la separación entre cónyuges, así como del divorcio. Su Exposición de Motivos afirma "La reforma que se acomete pretende que la libertad como valor superior de nuestro ordenamiento jurídico tenga su más adecuado reflejo en el matrimonio (...)", de forma que se eliminan las causas legales de separación y divorcio anteriormente previstas en los artículos 82 y 86 de nuestro Código Civil, así la Exposición de Motivos continúan diciendo que "Basta con que uno de los cónyuges no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio".

Actualmente, en relación con la separación, el Artículo 81 CC dispone "Se decretará judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:

1º A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses de la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de Convenio regulador redactada conforme al Artículo 90 de este código.
2º A petición de uno de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será necesario el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuándo se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
>> A la demanda se acompañará propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación."

Y en relación con el divorcio, el Artículo 86 del CC dispone "Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno sólo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro cuándo concurran los requisitos y circunstancias del Artículo 81 Cc" (es decir, con el único requisito de que hayan transcurrido tres meses desde su celebración).

A la vista de la nueva regulación parece que al matrimonio civil se le ha sustraído su carácter de institución multisecular en aras de un individualismo extremo, primando de forma absoluta la libertad del individuo sobre el compromiso de una alianza estable de vida en común.


Nos preguntamos en este punto, ¿en qué se ha convertido el matrimonio civil?, ¿cómo podemos calificar el matrimonio tras las reformas introducidas en su regulación por las leyes examinadas?:

- Parece que ya nada tiene que ver con la Institución del Derecho Romano, ni con la del Código Civil, ya sea el código, el de la I o II República, el de la Monarquía o el inmediatamente anterior a estas leyes. Tradicionalmente se ha venido definiendo el Matrimonio como "Unión legal entre varón y mujer para formar una comunidad estable y permanente de existencia".

De manera que tradicionalmente se venía exigiendo respecto del matrimonio:

1.- Que la unión fuera heterosexual, entre hombre y mujer (Aunque el Cc no se refería expresamente a este requisito, lo daba por supuesto).

2.-El carácter Jurídico, por cuánto nace del consentimiento de las partes y en éste encuentra su fundamento.

3.- Que el consentimiento recaiga sobre un proyecto de vida en común de carácter permanente (se da de por vida, porque de por vida es el proyecto, aunque después se vea frustrado). Así, a las uniones pasajeras, o queridas como temporales no se les reconocía carácter de matrimonio.

4.- Que el consentimiento se preste através de ciertos ritos o formalidades (de forma que es un negocio jurídico formal o solemne).



Es claro, que el matrimonio, en virtud de ambas leyes socialistas, ha dejado de poder considerarse como tal institución y la razón es manifiesta: Ya no se da estabilidad al matrimonio, ni se entiende como la unión de varón y mujer, sino de dos personas independientemente de su sexo.

- Entonces, ¿podemos considerarlo como un contrato?. A lo largo de la historia, se ha discutido mucho por la doctrina acerca de la naturaleza contractual del matrimonio. Las tesis más modernas, negaban al matrimonio el carácter de Contrato, y ellos sobre las siguientes argumentaciones:

1. Aunque existe acuerdo entre las partes contrayentes, éstas no puede disciplinar las relaciones conyugales de forma distinta a la prevista por la ley.

2. Es ajena al contrato la materia sobre la que recae el acuerdo matrimonial.

3. La mayor parte de las normas sobre contratos son inaplicables al matrimonio.

Actualmente, a consecuencia de las referidas leyes socialistas, podemos añadir un argumento más, para negar al matrimonio el carácter de contrato; el de poder cualquiera de las partes contrayentes y sin causa legal alguna, disolver unilateralmente el matrimonio por su sola voluntad, efecto este prohibido para los contratos en virtud del Artículo 1256 CC "La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno sólo de los contratantes".

Pues bien, si ya no es el matrimonio, la Institución tradicional, ni tampoco es contrato, ¿Qué es hoy el matrimonio civil?. A nuestro entender, y en virtud de las nuevas leyes, el matrimonio no es sino simple y llanamente una "Unión de hecho", legalizada.

Nos parece que puede, hoy día, hacerse sinónimo "matrimonio" y "Uniones de pareja de hecho"; "Uniones de parejas estables" y/o de "Uniones de pareja de hecho estables no casadas", reguladas por Leyes de las Comunidades Autónomas, tales como: Ley 6/ 2000, de Navarra; Ley 2/ 2003 del País Vasco; Ley 2/ 2004, de Aragón, Ley 3/ 2005 de Cataluña; Ley 1/ 2005 de Cantabria.

¿Era necesario vaciar de contenido la institución tradicional del matrimonio civil, para conseguir las "finalidades" previstas por las exposiciones de motivos de las leyes tratadas?, ¿O sólo, una premeditada forma de ganarse (este Gobierno) el favor social de determinados sectores de la sociedad y garantizarse así un buen número de votos?

martes, 24 de julio de 2007

EL MENTIROSO DE IBARRETXE

Ha dicho en innumerables ocasiones, el enajenado Ibarretxe, que la Asamblea general de las Naciones Unidas en la resolucion 1514 de 1960 consagra el derecho a la libre determinación de los pueblos.Y que el Pacto Internacional de los Derechos civiles y políticos de 1966 también lo hace.


La actual regulacion del derecho a la libre determinacion de los pueblos de las Naciones Unidas es la siguiente:



La resolucion 1514 de 1960 reconoce el derecho pero pone el énfasis en las situaciones coloniales,por lo que de su sentido de conjunto se desprendía que el derecho de libre determinación se establecía para los pueblos sometidos a colonizacion;no quedaba claro que se aplicase a otros pueblos. Sin embargo la resolucion 2625 de 1970 va mas allá en lo que se refiere a la esfera de aplicación del principio,que es deliberadamente ensanchado y que formulado de manera genérica se aplica no solo a los pueblos sometidos a dominación colonial,sino también a los pueblos de cualquier Estado.


¿Quiere decir esto que la Declaración de 1970 consagra de manera general un derecho ilimitado a la independencia y a la secesión?


La respuesta es negativa,evidentemente,porque tanto la resolucion 1514 como la 2625 establecen una clausula de salvaguardia en favor del respeto a la unidad nacional e integridad territorial de cualquier Estado,ideas que constituyen limites claros al principio de autodeterminacion.Y la resolucion ha objetivado estos limites,señalándoles un criterio de legitimidad.Los Estados que estén "dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio,sin distinción por motivos de raza,credo o color" son los que pueden beneficiarse de la clausula de salvaguardia.



Concluye la resolucion 2625 estableciendo que en ningún caso se entenderá ésta "en el sentido de que autorice o fomente acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente, la integridad territorial de estados soberanos e independientes".





De todas formas,Ibarretxe, sabe que si el Gobierno de España le reconoce la autodeterminacion, el derecho internacional no será obstaculo para que se reconozca internacionalmente a la actual CC.AA Vasca como un Estado de España. Por eso ha dicho que dentro de 4 años, si Zapatero sigue en el Gobierno, se hara realidad el proyecto político de la autodeterminacion. El Gobierno ya se salto la Constitucion para reconocer la soberania de Cataluña y lo hará con la Comunidad Autónoma Vasca si la poltrona lo requiere. Zapatero dejara a los vascos decidir, sin contar con el resto de españoles, si trocean o no España.

lunes, 23 de julio de 2007

HACIA LA DICTADURA SOCIALISTA III

Nos hemos referidos en dos anteriores entradas a dos factores que revelan la dictadura socialista a la que vamos. Uno era el quebranto por el socialismo del Estado de Derecho a través de la vulneración de las reglas del juego democrático y otra la existencia de un grupo de comunicación que conduzca la opinión pública a través de la mentira y la miseria.

Un tercer factor de este camino a la dictadura SOCIALISTA lo constituye la nueva asignatura educativa creada por este gobierno, Educación para la Ciudadanía. Con esta asignatura el Gobierno dice que pretende enseñar a los docentes los valores cívicos que recoge nuestro ordenamiento jurídico. Pero Educación para la Ciudadanía lejos de servir para formar cívicamente a los docentes, persigue al más puro estilo de FORMACIÓN PARA EL ESPÍRITU NACIONAL, el adoctrinamiento a los docentes en los valores del progresismo: el relativismo moral y el sectarismo ideológico. No le vale al progresismo con influir a la sociedad desde el exterior a través de la mentira sino que pretende introducirse en nuestras conciencias y formarlas adecuadamente al espíritu nacional. Pretende que lo publico(el Estado) absorba todo reducto privado.

Dicen algunos catedráticos que han desarrollado los libros para esta asignatura que no se va a tratar de adoctrinar políticamente sino de enseñar valores o conceptos como la democracia, la multicuturalidad, la homosexualidad, la paz o el terrorismo. Callan estos catedráticos que estos valores han sido siempre tergiversados a su interés por su ideología,el progresismo, a través de su historia y que por tanto el concepto que de ellos tiene el progresismo dista mucho del verdadero.

Se enseñará a los docentes que la democracia es un fin, que es consenso cuando no es otra cosa que la confrontación ideológica con resultado de consenso o no; dirán a los docentes que hay que respetar todas las culturas sin hacer distingos, cuando lo que hay que enseñarles unos valores universales a partir de los cuales sepan identificar que culturas hay que aceptar y cuales aborrecer; se dirá a los docentes que hay que respetar la opción sexual de cada uno cuando lo que hay que respetar es la tendencia natural-sexual de cada uno y se dirá a los docentes que hay que abrazar la paz cuando lo que hay que abrazar es la libertad, se les dirá que hay que abrazar la PAZ de Cuba y rechazar la LIBERTAD yanqui. Se dirá también a los docentes que el terrorismo tiene sus causas justificativas en la pobreza o el imperialismo norteamericano cuando su causa solo es el fanatismo ya sea político, ya sea religioso...
La asignatura Educación para la Ciudadanía es por tanto un instrumento al servicio del régimen. Con ella se vulnera la Constitución al vulnerarse la libertad recogida en el Art 16 CE. Esta no es otra que la LIBERTAD IDEOLÓGICA que consiste en poder formar libremente tu conciencia y actuar de acuerdo con los imperativos de la misma. Esta asignatura nace para establecer una CONCIENCIA ÚNICA, LA CONCIENCIA DEL RÉGIMEN.

Asimismo, esta asignatura vulnera el derechos de los padres consagrado en la Constitución "a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que este de acuerdo con sus propias convicciones" (Artículo 27. 3 CE). El régimen sustrae por tanto este derecho a los padres y lo hace suyo. El articulo de la Constitución hace referencia implícita a un principio del Derecho: el principio de subsidiariedad. Según este principio el Estado solo puede actuar con vista al bien común en aquellos ámbitos dónde los "dueños" de los mismos sean otros y no puedan asumir su función. Aquí está claro que los padres pueden cumplir la función de la formación de sus hijos y el bien común esta claro que brilla por su ausencia porque no se pretende otro bien que el del régimen.

De la explicación dada se infiere que el problema de esta asignatura no se reduce,como hace interesadamente el Gobierno, a un conflicto con la Iglesia Católica sino que va mas allá. Se trata de una asignatura inconstitucional y por tanto ilegal. Con esta asignatura se pone otra de las bases del régimen totalitario que quiere implantar el miserable presidente, Zapatero. Los padres que no admitan que le sustraigan el derecho que les otorga la Constitución y que no acepten leyes ilegales, deben acudir a los tribunales y luchar así contra el totalitarismo.

CONTENIDO DE EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA


Zapatero dijo el pasado fin de semana ante los NUEVOS ROJOS (NUEVOS STALINISTAS) que Educación para la Ciudadanía iba a consistir en enseñar los valores de nuestro ordenamiento jurídico. Como siempre,mintió.Las directrizes del Gobierno a partir de las cuales las Comunidades Autonomas pueden desarrollar la asignatura son las siguientes:



CONTENIDOS DE LA ASIGNATURA "EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS" (Real Decreto 1513/2006, de 7 de Diciembre)





LOS CONTENIDOS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA SE ORGANIZAN EN 5 BLOQUES : En Educación Secundaria se desarrollan y amplían, atendiendo a la mayor edad de los alumnos, todos los contenidos de la asignatura en Educación Primaria, añadiendo algunos otros, como los siguientes:






Bloque 1: APROXIMACIÓN RESPETUOSA A LA DIVERSIDAD



􀂃 Entrenamiento en el diálogo, el debate y la aproximación respetuosa a la diversidad personal y cultural.





Bloque 2: RELACIONES INTERPERSONALES Y PARTICIPACIÓN



􀂃 Trata aspectos relativos a las relaciones humanas, desde el respeto a la dignidad personal y la igualdad de derechos individuales, el reconocimiento de las diferencias, el rechazo a las discriminaciones y el fomento de la solidaridad.


􀂃 Se aborda la participación y representación en el Centro escolar




Bloque 3: DEBERES Y DERECHOS CIUDADANOS


􀂃 Conocimiento de los principios recogidos en los textos internacionales.


􀂃 Identificación de situaciones de violación de los derechos humanos.


􀂃 Actuación que corresponde a los tribunales ordinarios y a los Tribunales Internacionales, cuando se producen situaciones de violación de derechos humanos.



Bloque 4: LAS SOCIEDADES DEMOCRÁTICAS DEL SIGLO XXI


􀂃 Funcionamiento de los Estados democráticos, centrándose particularmente en el modelo político español. (Se analiza el papel de los distintos servicios públicos)




Bloque 5: CIUDADANÍA EN UN MUNDO GLOBAL


􀂃 Aborda alguna de las características de la sociedad actual: la desigualdad en sus diversas manifestaciones, el proceso de globalización e interdependencia, los principales conflictos del mundo actual, así como el papel de los organismos internacionales en su prevención y resolución.

EL PERSONAJE DE POLANCO

Pensabamos dedicar unas líneas al personaje de Polanco pero me he encontrado con un editorial de Jesús Cacho con el que se puede entender resumidamente la persona que era y su catadura moral. Se lo recomendamos a Gallardón,Zaplana,Rajoy,Elorriaga..... :




"..............Vaya desde aquí el sentido pésame de quienes hacemos El Confidencial a la familia del finado, sumida hoy en el trance por el que pasan todas las familias que pierden un ser querido. Dicho lo cual, que nadie espere de nosotros que nos incorporemos al coro del general elogio que en España suele acompañar los restos de aquellos que, con algún renombre, dicen adiós al mundo, aunque su vida no haya sido precisamente ejemplo de virtudes personales y cívicas. Nadie nos hallará en el muro de las lamentaciones del cinismo generalizado que caracteriza a una sociedad española, tan refractaria a la verdad. Estamos aquí para decir lo que pensamos, lo cual, por otro lado, es lo que hemos dicho y pensado siempre, a riesgo de parecer injustos a pusilánimes de turno, tan abundantes por estos pagos.


Decir algo nuevo sobre Jesús Polanco a estas alturas no es tarea fácil, porque todo, o casi, está dicho. Cabe, sin embargo, insistir en la singularidad política de un Polanco convertido en metáfora o quintaesencia de la doliente democracia española. Miembro en su juventud del Frente de Juventudes (centuria García Morato) franquista, Polanco hermanó de forma natural con aquellas Cortes camisa azul que, en virtual harakiri, fueron capaces de saltar de la dictadura a la democracia sin solución de continuidad. Lo extraordinario de este hombre bajito, de ademanes rudos, dotado de una gran inteligencia natural, apasionado del dinero y poco cultivado, es que iba a darse cuenta muy pronto de que aquella democracia sin demócratas, fieles seguidores de la servidumbre voluntaria que decía Etienne de la Boétie, en cuya cúspide se instaló un Rey ungido por el dedo de Franco, iba a convertirse en lo que, 30 años después, lamentablemente es: una democracia meramente formal carcomida por la corrupción más espantosa, con una Justicia domesticada por el poder político, unos medios de comunicación al servicio de los negocios del editor de turno, y un horizonte donde todo está en almoneda, empezando por la propia la idea de España tal como se ha conocido en los últimos siglos.


Muy pocos de los que le acompañaron en la aventura del Grupo Prisa fueron capaces de intuir que aquel hombre iba derecho a convertirse en el hombre más influyente del país, un verdadero poder fáctico catapultado por los ancestrales miedos de la inexistente sociedad civil española, miedos genuflexos renovados cada día ante el altar de ese cañón Bertha –“Este va a ser mi cañón Bertha”, había dicho muchas veces a sus socios, antes de que los enviara a todos al infierno- que es “El País”. Ese ha sido el gran secreto de Polanco: haber utilizado el diario como arma disuasoria capaz de infundir miedo y respeto –particularmente entre la clase política y los poderosos de la comunidad empresarial y financiera- a una sociedad acollonada por el franquismo, que sigue lejos de las pautas de comportamiento que distinguen a toda sociedad abierta.




Prototipo de empresario franquista


Hombre con pocos escrúpulos morales (“el que se me enfrente que se vaya de España”), el epitafio de Jesús Polanco podría resumirse en una frase un tanto lapidaria pero real como la vida misma: “Hizo de la libertad un negocio”. Utilizó las libertades surgidas tras la muerte de Franco para construir, al amparo del Gobierno de turno, el mayor emporio de comunicación y entertainment de habla hispana. Siempre a la sombra de Moncloa, fuera socialista o popular su inquilino. Forzando la Ley hasta donde fuera menester. Su último y alegal capricho, años después de aquel majestuoso “en este país no hay cojones para negarme a mí una televisión”, ha sido La Cuatro, esta vez con el plácet del Gobierno Zapatero. Jesús Polanco no hizo nunca un solo negocio respetando las reglas de un mercado abierto y en libre competencia. En este sentido, Polanco ha sido el prototipo de empresario franquista, típico ejemplar de economía intervenida donde negocios y licencias dependen del favor del Poder político.



Lo explicó un día –junio del 92- en su finca de Valdemorillo, ante una taza de porcelana inglesa de humeante café:
-Es que estoy negociando la compra del paquete que me falta para hacerme con el 100% de la SER, y Solchaga se está poniendo muy pesado con el precio. Ya verás como con unos cuantos editoriales entra en razón.


Entró. Y es que una de las singularidades de la vida española ha sido -sigue siendo- el extraño maridaje, incomprensible en cualquier democracia occidental, existente entre el Partido Socialista y uno de los hombres más ricos del país, hasta el punto de que continúa siendo un enigma inescrutable la vieja propuesta de si Prisa es del PSOE o es el PSOE de Prisa. El PSOE en un puño y en el otro una cuña, ratos y gallardones, que llega hasta el corazón mismo del PP. Ese patronazgo sobre el 100% del partido del poder y el 50% sobre el primer partido de la oposición es entente contra natura, inaceptable en términos de un Estado de Derecho, que hoy se yergue como uno de los grandes obstáculos para la renovación del socialismo y la regeneración de nuestra democracia.


Fue Mari Luz Barreiros la que ayudó a este hombre “todo rencor y todo vanidad”, según definición que de él hiciera García Trevijano, a entrar en los salones de la nobleza madrileña. Él no conocía a nadie en ese mundo, y para eso sí valió la niña de la dulce sonrisa. De meterlo en Palacio se encargó Mario Conde, otrora amigo, cuyas cenizas esparció luego en plaza pública. “El que me hecha un pulso, lo pierde”. Don Jesús se convirtió después en uno de los grandes amigos del Monarca -nunca, cierto, en amigo de francachelas-, el primero en felicitarlo tras el discurso de Navidad, pero al tiempo la primera amenaza de desestabilización que se yergue frente a Palacio.




Más abogados que periodistas a su servicio




Hay quien dice que el ocaso de nuestro Ciudadano Kane, que presumía de tener a su servicio “más abogados que periodistas”, comenzó a perfilarse el día, finales de 2003, en que Mari Luz Barreiros decidió coger el portante y abandonarle. “Estoy con Mari Luz porque es la única de la que me consta que no le interesa mi dinero: tiene tanto como yo”. Las cuitas hablaron de “problemas insalvables de comunicación”. Suprema ironía tratándose del primer editor del país. Como dice el protagonista de Los Buddenbrook, “sé que con frecuencia los indicios del encumbramiento aparecen cuando en realidad todo camina ya hacia el ocaso”. Una bofetada que dejó profunda herida en el orgullo del hacedor de famas. Mari Luz terminó por entender que “no hay vacaciones posibles en el amor”, que dijo Marguerite Duras, y decidió abandonar su jaula de oro y emparentar de nuevo con la cultura y el refinamiento, dispuesta a vivir “más allá de la pompa y la ceniza de los aniversarios” (Borges). En busca del tiempo perdido.




En los últimos tiempos, don Jesús se fue convirtiendo en un tipo con tendencia a los ataques de cólera, como bien sabe Mariano Rajoy, tan culturalmente limitado como siempre, pero más convencido que nunca de que en esta democracia sin demócratas el pavor a las negritas es un tipo de interés que cotiza muy alto en la bolsa de valores del miedo a la libertad. Alejado de sus amigos de juventud, perdió la cabeza convencido, tras ganar su particular pulso con Aznar -que acabó por servirle en bandeja el monopolio de la televisión digital-, del poder de fuego de los diversos Berthas que integran su parque mediático.


Víctima de insalvables contradicciones, como la que hoy representa El País convertido en un simple periódico de partido, siendo así que el líder de ese partido ha decidido montar su propio grupo de comunicación amigo, Jesús Polanco Gutiérrez ha sido un hombre que ha hecho mucho daño a España. Entendámonos: a esa nación liberal que durante un tiempo pareció haber superado la dramática fractura de Las dos Españas, a la España abierta reñida con la corrupción, regida por el principio de la igualdad de todos ante la Ley (él, que reclamó Justicia y Fisco aparte), la separación de poderes, la radical delimitación entre lo público y lo privado, la solidaridad entre los españoles, etc.



Una sola palabra suya hubiera sido suficiente para impedir la deriva de este Gobierno hacia la balcanización, a plazo fijo, de España. Prefirió seguir medrando, a la sombra del inmenso poder de intimidación acumulado, convencido él y los suyos de que sus negocios seguirán viento en popa con dos, doce o veintidós países en la Península Ibérica. “España le debe mucho a Jesús Polanco”, escribía ayer su eximio capataz, Cebrián, adalid del “hay que caminar decididamente hacia el Estado federal o confederal”. Justo lo contrario: es Jesús Polanco quien se lo debe todo a España. Descanse en paz".

domingo, 22 de julio de 2007

CAMBIO DE LA LEY ELECTORAL

Se aproximan las elecciones y el lider de la oposición hace campaña para el cambio de la ley electoral. Sabe que sin un cambio de la misma el socialismo se perpetuará en el poder entregándoselo a los nacionalistas hasta que venga otra bancarrota.

Como consecuencia de la necesidad de subir a los nacionalistas al nuevo régimen constitucional se planteó una ley llamada dont que permitiría a los nacionalistas, además de su poder en su territorio asegurado por su venta del franquismo, tener capacidad de influencia y de intromisión en el Gobierno de España con una representación minimísima. La ley dont ya ha cumplido con sus servicios a la democracia, ahora ya no tiene sentido.

Así, actualmente, en la esfera nacional vemos como Convergència i Unió con un 3,23% de votos en toda España ,Esquerra Republicana de Catalunya (ERC)con 2,52% y Partido Nacionalista Vasco (EAJ/PNV)1,63 junto con Eusko Alkartasuna (EA) con un o,31% son los partidos políticos que condicionan las siglas del Gobierno de España. Y en casi todos los casos han condicionado la agenda política del Gobierno de turno. Casi todos porque el Gobierno de Zapatero comparte con ellos su programa político (la democracia al servicio personal) y se muestra encantado con su presencia.

Así, si en la esfera nacional no se exige un representación mínima de votos nacionales para sentarse en el Parlamento NACIONAL, en la esfera local y autonómica no se estipula una representación a partir de la cual se pueda gobernar y no quepan pactos entre partidos minoritarios.

En el ámbito autonómico la democracia representativa funciona en la mayoría de los casos así:

.En Cantabria gobierna el Partido regionalista con el PSOE (PP 41,52PRC28,87% PSOE 24,33%)

En Baleares gobierna el PSOE con demas partidos que no son el PP (PP 46,01%,PSOE 27,18% Y POPURRI DE PARTIDOS 9,OO%)

En Navarra se esta pendiente de pactos o de elecciones (UPN 42,30% NAFARROA 23,50% PSOE 22,40%)

En Galicia gobierna el PSOE con el BNG ( PP 44,9% PSOE 32,5% BNG 19,6%)

En Cataluña gobierna el PSOE pactando con ERC (CIU 31,52% PSOE 26,81% ERC 14,06%)

Esta realidad demuestra que si se se cree en una democracia representativa la ley electoral habría que cambiarse.

En la esfera nacional todos los escaños son por provincias cuando lo lógico sería que la mitad fueran votos por circuncripción (provincia) y que la otra mitad se repartiesen en función de los votos nacionales. Debería ponerse un techo de votos nacionales (un 5%) para poder tener escaños en esta mitad. La Constitución consagra un sistema de representación PROPORCIONAL en el Congreso de los Diputados y la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, establece un sistema MAYORITARIO para el Senado. Pero el supremo interprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional ha dicho que "el caracter mayoritario o proporcional del sistema electoral depende de una libre opcion del legislador.Las limitaciones a la proporcionalidad no infringen el valor del pluralismo politico, pues ha de conjugarse con la efectividad del funcionamiento de las instituciones y la prevencion del riesgo de atomozacion de la representacion politica". Salvo que el Tribunal Constitucional cambie de criterio en un futuro, no es necesario cambiar la Constitución, solo sería necesario reformar la ley electoral para implantar el sistema referido.

En la esfera local y autonómica habría que poner un techo de representación (un 40%) a partir del cual solo pudiesen gobernar las fuerza politicas que hayan llegado a esa representación. En caso de imposibilidad practica de gobernar por no llegar a la mayoría absoluta la fuerza más votada o en el caso de que ningun patido llegue a este porcentaje, se convocarían nuevas elecciones con los 2 partidos(o puede ser que más) que hayan obtenidos más votos (una 2ª vuelta). Aquí habría también que reformar la ley electoral.Esta reforma requeriría legalmente una mayoría absoluta.

Si el PP no llegase a la mayoría absoluta de las elecciones necesitaria la ayuda parlamentaria del PSOE. Vistos más arriba los resultados que para el PSOE otorga el actual sistema electoral estamos seguros que este partido va a mostrar una nula voluntad para que se lleve a cabo esta reforma. Si el PP obtiene la mayoría absoluta y se lanza, cosa improbable, a hacer esta reforma de la ley electoral, saldrá la maquinaria polanquista (aunque se haya muerto, alguien continuará su legado) diciendo que el PP pretende romper el consenso del 78. Al PP le tocaría hacer frente con la mentira.

La reforma de la Ley electoral supondría dar un salto adelante en nuestra democracia representativa. Con ella la democracia se acercaría más a la voluntad de los ciudadanos. Si de verdad el progresismo cree en la democracia representativa, ¿que teme de la reforma?, ¿la poltrona? ¿que el estar en la poltrona no dependa tanto de los nacionalismos como de los ciudadanos?.

FISCALÍA Y JUSTICIA CON LOS PROETARRAS.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución del grupo Soziedad Alkoholika de un delito de enaltecimiento del terrorismo, previamente solicitada por la Fiscalía (la absolución) el pasado 5 de Julio de 2007, alegando que " a pesar de que la letra es "de pésimo gusto literario y ético", no se refiere a una víctima del terrorismo sino a un policía. Así solicitó la confirmación de la absolución y recalcó que a pesar de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puedan constituir "objetivo" de acciones terroristas "ninguna persona referida en la canción tiene consideración de víctima".

Se estima, por el TS que sus canciones, "por más repulsa social" que merezcan, tienen cabida "en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión" y son "tolerables".



La Sala de lo Penal del Supremo ha rechazado así el recurso presentado por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) a la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió en noviembre 2006 a los cinco integrantes de este grupo musical y a su representante al estimar que las letras de sus canciones no menosprecian a las víctimas. En su recurso, la AVT alegaba que las letras de las canciones "Síndrome del Norte" y "Explota Zerdo" supone un acto de menosprecio y humillación de las víctimas del terrorismo.




Las citadas canciones dicen:




Síndrome del Norte: "Siempre que sales de tu casa, tú vas todo acojonao mirando para todos los laos, ese bulto del sobaco es poco disimulao. Al llegar asta el cotxe dejas las llaves caer no sea ke haya un bulto raro y que te haga volar como a Carrero, ay que jodido es ser madero en un lugar donde me consideran extranjero,porrompompero. Es que la paranoia en tu cabeza es tal que crees que todos te quieren matar, tu tío ten cuidado, no hagas gestos raros, mira que te saco el fusko y te vuelo el craneo".


Explota Zerdo: "Cualquier día estará, cerca tuyo y sentirás, que no puedes soportar, su olor te hará vomitar, ¡explota zerdo! Algún día reventarás, ¡explota zerdo! tus tripas se esparcirán. Huele a esclavo de la ley, zipaio, siervo del rey, lameculos del poder, carroñero coronel. ¡explota zerdo! Dejarás de molestar, ¡explota txota! Sucia rata morirás. Por los bares se pasea, y se cree bien disfrazao, nunca podrá camuflar, su cara de subnormal. Y eske el tufo que akarrea, no es para nada normal, a kién kree que va a engañar, su hedor le delatará ¡explota zerdo!"

El TS recuerda los razonamientos de la Audiencia Nacional para determinar que la letra de esta canción no puede incluirse en el tipo penal que castiga los actos "que entrañen menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.

El Supremo avala la distinción que hizo la sentencia recurrida entre objetivos y víctimas de ETA así como el argumento de que no pueden incluirse entre estos últimos al colectivo policial en general. Opiniones con excesos verbales hirientes. Explica que el concepto de víctimas debe determinarse conforme a la legislación específica en la materia, según la cual son víctimas "directas" las personas que sufran lesiones corporales graves o daños graves en su salud física o mental como consecuencia de cualquier delito terrorista y, en caso de muerte, serían víctimas "indirectas" diversos familiares.

Para el alto tribunal, "el texto de la letra, por más repulsa social que merezca, no expresa sino opiniones con excesos verbales hirientes y desafortunados, especialmente por el momento y ocasión, tanto en el año en que la canción se grabó, 1993, como en la actualidad sobre la actuación de determinados miembros de las fuerzas de seguridad en prevención de atentados contra sus personas". No obstante, agrega que estas opiniones "tienen cabida en el derecho a la crítica y en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión y son tolerables en una sociedad democrática que no pueden verse coartados por la acción penal ejercitada".


Artículo 208 CP: "Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad."


Artículo 578 CP: "El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código."





En este Blog, tenemos una clara opinión formada al respecto, y consideramos que en dichas canciones, se hace de forma clara, precisa y manifiesta, apología del terrorismo y una vil humillación de las víctimas del terrorismo (al darse, según nuestra opinión, todos los elementos del tipo del Artículo 578 del CP), pero lo que consideramos más sangrante, es que el Tribunal Supremo, ese Órgano Jurisdiccional superior en todos los órdenes, considere lícitas dichas canciones, y considere que no son dignas de represión penal, al tener acogida dentro del Derecho de Libertad de Expresión. Señores Magistrados del TS, alguien habría de recordarles, que la Libertad de Expresión, no es ilimitada, que tiene sus límites, tal y como reconoce el Artículo 20.4 de la CE "En el respeto a los derechos reconocidos en este título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia", y sin duda alguna las canciones de este grupo proetarra vulneran todos límites que hacen de la libertad de expresión un derecho lícito. Les recordamos que según ha manifestado el Tribunal Constitucional en numerosas sentencias "El derecho de libre expresión decae en favor del honor cuándo se utilizan expresiones injuriosas. Porque el Derecho al Honor, comprende el derecho del individuo a no ser escarnecido o humillado públicamente ante sí mismo, o ante los demás"


Visto lo visto, es indudable la doble moral sectaria, de la Fiscalía y de los Tribunales de Justicia, que en base al derecho al honor, de un lado solicitan y practican respectivamente el secuestro de la edición de "El Jueves" y de otro lado absuelven, entendiendo que no hay violación del Derecho al Honor, a unos proetarras, que de pueblo en pueblo van cantando sus canciones, haciendo en virtud de las mismas apología del terrorismo, y recochineándose del dolor ajeno.

Vemos también que el Tribunal Supremo sólo considera víctimas a las ya muertas y los que tienen amputados miembros de su cuerpo y no a los todavía potenciales objetivos de las acciones etarras, esta observación es más propia de miserables.







Uno de los pilares de la lucha antiterrorista es (o debiera ser) la justicia. Si esta escapa de su deber y se dedica a hacer impune al entorno proetarra estamos perdiendo tiempo de LIBERTAD. Todos deden cumplir su papel ante el terrorismo y los que no lo hacen deber saber que son unos cobardes miserables.





Os recomendamos la lectura, de un artículo de Alfonso Ussía, del año 2003, relativo a estos miserables proetarras, de significativo título.