domingo, 22 de julio de 2007

FISCALÍA Y JUSTICIA CON LOS PROETARRAS.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución del grupo Soziedad Alkoholika de un delito de enaltecimiento del terrorismo, previamente solicitada por la Fiscalía (la absolución) el pasado 5 de Julio de 2007, alegando que " a pesar de que la letra es "de pésimo gusto literario y ético", no se refiere a una víctima del terrorismo sino a un policía. Así solicitó la confirmación de la absolución y recalcó que a pesar de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puedan constituir "objetivo" de acciones terroristas "ninguna persona referida en la canción tiene consideración de víctima".

Se estima, por el TS que sus canciones, "por más repulsa social" que merezcan, tienen cabida "en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión" y son "tolerables".



La Sala de lo Penal del Supremo ha rechazado así el recurso presentado por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) a la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió en noviembre 2006 a los cinco integrantes de este grupo musical y a su representante al estimar que las letras de sus canciones no menosprecian a las víctimas. En su recurso, la AVT alegaba que las letras de las canciones "Síndrome del Norte" y "Explota Zerdo" supone un acto de menosprecio y humillación de las víctimas del terrorismo.




Las citadas canciones dicen:




Síndrome del Norte: "Siempre que sales de tu casa, tú vas todo acojonao mirando para todos los laos, ese bulto del sobaco es poco disimulao. Al llegar asta el cotxe dejas las llaves caer no sea ke haya un bulto raro y que te haga volar como a Carrero, ay que jodido es ser madero en un lugar donde me consideran extranjero,porrompompero. Es que la paranoia en tu cabeza es tal que crees que todos te quieren matar, tu tío ten cuidado, no hagas gestos raros, mira que te saco el fusko y te vuelo el craneo".


Explota Zerdo: "Cualquier día estará, cerca tuyo y sentirás, que no puedes soportar, su olor te hará vomitar, ¡explota zerdo! Algún día reventarás, ¡explota zerdo! tus tripas se esparcirán. Huele a esclavo de la ley, zipaio, siervo del rey, lameculos del poder, carroñero coronel. ¡explota zerdo! Dejarás de molestar, ¡explota txota! Sucia rata morirás. Por los bares se pasea, y se cree bien disfrazao, nunca podrá camuflar, su cara de subnormal. Y eske el tufo que akarrea, no es para nada normal, a kién kree que va a engañar, su hedor le delatará ¡explota zerdo!"

El TS recuerda los razonamientos de la Audiencia Nacional para determinar que la letra de esta canción no puede incluirse en el tipo penal que castiga los actos "que entrañen menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.

El Supremo avala la distinción que hizo la sentencia recurrida entre objetivos y víctimas de ETA así como el argumento de que no pueden incluirse entre estos últimos al colectivo policial en general. Opiniones con excesos verbales hirientes. Explica que el concepto de víctimas debe determinarse conforme a la legislación específica en la materia, según la cual son víctimas "directas" las personas que sufran lesiones corporales graves o daños graves en su salud física o mental como consecuencia de cualquier delito terrorista y, en caso de muerte, serían víctimas "indirectas" diversos familiares.

Para el alto tribunal, "el texto de la letra, por más repulsa social que merezca, no expresa sino opiniones con excesos verbales hirientes y desafortunados, especialmente por el momento y ocasión, tanto en el año en que la canción se grabó, 1993, como en la actualidad sobre la actuación de determinados miembros de las fuerzas de seguridad en prevención de atentados contra sus personas". No obstante, agrega que estas opiniones "tienen cabida en el derecho a la crítica y en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión y son tolerables en una sociedad democrática que no pueden verse coartados por la acción penal ejercitada".


Artículo 208 CP: "Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad."


Artículo 578 CP: "El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código."





En este Blog, tenemos una clara opinión formada al respecto, y consideramos que en dichas canciones, se hace de forma clara, precisa y manifiesta, apología del terrorismo y una vil humillación de las víctimas del terrorismo (al darse, según nuestra opinión, todos los elementos del tipo del Artículo 578 del CP), pero lo que consideramos más sangrante, es que el Tribunal Supremo, ese Órgano Jurisdiccional superior en todos los órdenes, considere lícitas dichas canciones, y considere que no son dignas de represión penal, al tener acogida dentro del Derecho de Libertad de Expresión. Señores Magistrados del TS, alguien habría de recordarles, que la Libertad de Expresión, no es ilimitada, que tiene sus límites, tal y como reconoce el Artículo 20.4 de la CE "En el respeto a los derechos reconocidos en este título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia", y sin duda alguna las canciones de este grupo proetarra vulneran todos límites que hacen de la libertad de expresión un derecho lícito. Les recordamos que según ha manifestado el Tribunal Constitucional en numerosas sentencias "El derecho de libre expresión decae en favor del honor cuándo se utilizan expresiones injuriosas. Porque el Derecho al Honor, comprende el derecho del individuo a no ser escarnecido o humillado públicamente ante sí mismo, o ante los demás"


Visto lo visto, es indudable la doble moral sectaria, de la Fiscalía y de los Tribunales de Justicia, que en base al derecho al honor, de un lado solicitan y practican respectivamente el secuestro de la edición de "El Jueves" y de otro lado absuelven, entendiendo que no hay violación del Derecho al Honor, a unos proetarras, que de pueblo en pueblo van cantando sus canciones, haciendo en virtud de las mismas apología del terrorismo, y recochineándose del dolor ajeno.

Vemos también que el Tribunal Supremo sólo considera víctimas a las ya muertas y los que tienen amputados miembros de su cuerpo y no a los todavía potenciales objetivos de las acciones etarras, esta observación es más propia de miserables.







Uno de los pilares de la lucha antiterrorista es (o debiera ser) la justicia. Si esta escapa de su deber y se dedica a hacer impune al entorno proetarra estamos perdiendo tiempo de LIBERTAD. Todos deden cumplir su papel ante el terrorismo y los que no lo hacen deber saber que son unos cobardes miserables.





Os recomendamos la lectura, de un artículo de Alfonso Ussía, del año 2003, relativo a estos miserables proetarras, de significativo título.

8 comentarios:

Anónimo dijo...

No hace falta saber de leyes, para entender, que la letra de las canciones del grupillo este, son gravemente ofensivas y menospreciativas de las víctimas.

La postura del TS de considerar única y exclusivamente víctimas del terrorismo a los muertos, y a los desgraciadamente lisiados, es una soberana gilipollez. El concepto víctima es mucho más amplio de lo que estos señores magistrados quieren hacernos entender.

Saludos

Anónimo dijo...

Una vez más repetir: QUE VERGÜENZA DE JUSTICIA!!!!!!

Un abrazo

Gazulin dijo...

Ni hay justicia, ni democracia ni hay, a estas alturas España.
Gracias ZP.

Saludos...

Jesús Sanz Rioja dijo...

La actual situación requiere jueces heroicos, y esos no florecen por los prados.

Anónimo dijo...

Desde luego, la Justicia brilla por su ausencia y efectivamente, de jueces heróicos andamos escasos.

Saludos

Anónimo dijo...

¿QUÉ HUBIERA DECIDIDO EL SUPREMO SI 'SA' HABLARA DE "EXPLOTAR JUECES" EN VEZ DE "MADEROS"?

Esta pregunta se la hacen en la AVT. Quizás, así, podrían entender mejor lo alegado por las víctimas y tal vez de esta forma, si entenderían injuriosas las letras.
¡¡ CUÁNTA HIPOCRESÍA !!

Saludos

Sempietnos dijo...

Resulta desolador como se retuerce una y otra vez la Ley con interpretaciones absolutamente torticeras,que vulneran el espíritu de la norma,para "calmar" a los sectores aberchales y seguir tendiendo esa mano por parte del Gobierno Zapatero,a una solución negociada con ETA.

Butzer dijo...

Esta gente como los de "El Jueves" seguro que no se atreverían a meterse con los islamistas...
Aunque como no conozco sus canciones, si lo hacen algún día o lo han hecho que me lo digan.