martes, 22 de mayo de 2007

COMUNIDAD AUTONOMA VASCA: ESTADO DE EXCEPCION


Dentro de la campaña de persecución que mantienen los seguidores de Batasuna-ETA, unas 40 personas, entre las que se encontraban los ex concejales Iñigo Balza y Joseba Ibazeta, han interrumpido el pleno celebrado en la mañana de este martes en el Ayuntamiento San Sebastián y han tenido que ser expulsadas por la fuerza por agentes de la Policía Municipal. Los proetarras, que asistían como público, comenzaron a corear consignas en euskera como "Pucherazo no" y "Democracia para Euskal Herria", mientras portaban una pancarta con el lema "Respetad la voluntad del pueblo. No al pucherazo". Al ser desalojados llamaron fascistas a los representantes de los partidos democráticos.

Recordamos que en la primera manifestación contra la salida de De Juana, el Guantanamero Pumpido dijo que vociferar era un indicio de delito en referencia a la gente que había gritado en la manifestación contra Bono. Ante todas las actitudes vociferantes, intimidatorias y terroristas de los etarras en la CC.AA Vasca en estas elecciones no hemos escuchado al Guantanamero dirigir las mismas palabras a los terroristas y nos preguntamos:

¿es porque no ha leído,oído o visto lo que esta ocurriendo en la CC.AA Vasca?

¿es porque ha leído,oído o visto lo ocurrido pero no le importa porque los que los realizan son jovenes terroristas de izquierda susceptibles de ser incorporados a la causa común:hacer desaparecer al PP?

Resulta claro que el Guantanamero como el Gobierno que le ha nombrado, es una totalitario y sectario al que le molestan mas los del PP que los terroristas.La CC.AA Vasca se encuentra en un verdadero Estado de Excepción y ante ello tanto el Gobierno Nacional como el Autonómico no solo no instan la aplicacion de la Constitución sino que establecen la impunidad para los terroristas,las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad respectivas no han realizado ninguna detención hasta la fecha ante los numerosos actos violentos e intimidatorios.


- Art. 13 de la Ley reguladora de los estados de Alarma,Excepción y Sitio. EL ESTADO DE EXCEPCIÓN

1. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado tres del artículo 116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Recordemos a Guantanamero Pumpido, que sabemos no está muy puesto en el Código Penal, que la actitud de esta gentuza, si es un delito, y no la de aquéllos que se manifestaban aquél día que Bono dijo ser agredido.

Cómo digo, recordémosle que la actitud de estos tipejos, es constitutiva del tipo del Artículo 505 CP: "1.- Incurrirán en la pena de pruisión de seis meses a un año quienes, sin ser miembros de la corporación local, perturben de forma grave el orden de sus plenos impidiendo el acesso a los mismos, el desarrollo del orden del día previsto, la adopción de acuerdos o causen desórdenes que tengan por objeto manifestar el apoyo a bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas"

Pumpido, ya te hemos indicado el tipo, ahora... a trabajar y cumplir con tu función, que para eso te pagamos, ¿O es mucho pedir?

Saludos

Decentes dijo...

Perfecto todo msn, hay que darles con la ley en la mano.pero el Guantanamero solo trabaja para los terroristas.Saludos